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Con la Circular Externa 033 del 15 de diciembre de 2017, el Ministerio de Hacienda fijó el monopolio rentístico de licores destilados y modificó el impuesto al consumo de licores, vinos aperitivos y similares, atendiendo la aplicación de la Ley 1816.

 

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Circular 001 del 4 de enero de 2017, con la cual autoriza el trámite manual para algunas operaciones de exportación, debido a la implementación en el servicio informático electrónico de Salida de Mercancías del Decreto 2153 de 2016, que adopta el nuevo arancel de aduanas.

 

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Circular 003 del 22 de marzo de 2016, por medio de la cual da aplicación numeral 1 artículo 674 del Decreto 390 de 2016

 

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La Superintendencia Financiera emitió la Carta Circular 18 del 17 de marzo de 2016, mediante la cual recuerda el cumplimiento de la obligación de los Revisores Fiscales de las Entidades Vigiladas de realizar el registro en el Sistema de Reporte en línea –SIREL- ante la Unidad de Información y Análisis Financiero -UIAF-, con el fin de atender el deber legal de reportar a esta última las operaciones catalogadas como sospechosas, en los términos del literal d) del numeral 2 del artículo 102 del E.O.S.F.

 

El texto completo de la Circular 18 es el siguiente:

 

Respetados señores:

Con la expedición de la Ley 1762 del 6 de julio de 2015, se adoptaron instrumentos para prevenir, controlar y sancionar el contrabando, el lavado de activos y la evasión fiscal, incorporando medidas que posibiliten que los autores y organizaciones dedicadas o relacionadas con este tipo de actividades sean procesados y sancionados por las autoridades competentes, así como para garantizar la ejecución de medidas patrimoniales encaminadas a disuadir y castigar su ejecución.

 

De acuerdo con lo expuesto, el artículo 27 de la mencionada Ley 1762 adicionó el artículo 207 del Código de Comercio, incluyendo en el numeral 10 una obligación al Revisor Fiscal, consistente en: “10. Reportar a la Unidad de Información y Análisis Financiero las operaciones catalogadas como sospechosas en los términos del literal d) del numeral 2 del artículo 102 del Decreto-ley 663 de 1993, cuando las adviertan dentro del giro ordinario de sus labores."

 

A su turno, se encuentra oportuno resaltar que la consagración de la anterior obligación legal, se suma a la implementación que en Colombia se ha venido realizando de las Recomendaciones del GAFI, en especial la 23, en punto a los Estándares Internacionales.

 

En los términos anteriores, con el fin de dar cumplimiento a lo previsto en la Ley 1762 de 2015, y en atención al deber de colaboración armónica entre las entidades del Estado, esta Superintendencia se permite recordar a los Revisores Fiscales de las Entidades Vigiladas la necesidad de registrarse en el Sistema de Reporte en línea –SIREL-, de acuerdo con el instructivo técnico publicado en la página de internet de la Unidad de Información y Análisis Financiero –UIAF-, en la sección reportantes - Superintendencia de Sociedades - Revisores Fiscales.

 

Cordialmente,

GERARDO HERNÁNDEZ CORREA
Superintendente Financiero de Colombia

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Circular Externa 014 del 30 de noviembre de 2015, la cual contiene información para el desaduanamiento y salida de teléfonos móviles celulares, teléfonos móviles inteligentes y sus partes, clasificables por las subpartidas arancelarias 8517.12.00.00 y 8517.70.00.00, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 2025 del 16 de octubre de 2015.

 

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Circular 036 del 18 de septiembre de 2015, mediante la cual indica las acciones y medidas adoptadas mediante el cierre de las fronteras terrestres nacionales con la República Bolivariana de Venezuela.

 

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Circular 011 del 26 de junio de 2015, que tiene como asunto: Servicio de formularios litográficos gratuitos generados a través del portal DIAN por la opción "Usuarios no registrados - Diligenciar formularios".

 

Dicha Circular está dirigida a empresas transportadoras, depositos habilitados, puertos, usuarios operadores de zonas francas, declarantes, importadores, entidades recaudadoras y usuarios de las modalidades de tránsito aduanero.

 

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó la Resolución 061 del 8 de abril de 2024, Por la cual se prescribe el Formulario No. 260 “Declaración anual consolidada” para el año gravable 2023. (ANEXO)

Para conocer la Resolución 061, haga clic aquí.

Viernes, 15 Marzo 2024 18:00

Resolución 044, DIAN prescribe Formulario 210

Por medio de la Resolución 044 del 14 de marzo de 2024, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, prescribe el Formulario No. 210 Declaración de renta y complementario personas naturales y asimiladas residentes y sucesiones ilíquidas de causantes residentes para dar cumplimiento a las obligaciones tributarias 2023 y siguientes.

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó la Resolución 031 del 29 de febrero de 2024, por la cual se prescribe el formulario No. 350 «Declaración de retenciones en la fuente» para el cumplimiento de las obligaciones tributarias a partir del 1 de agosto de 2024.

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