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A través de la Resolución 056 del 12 de julio de 2021, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, implementa la presentación electrónica de los recursos de reconsideración en materia tributaria que deban presentarse ante la DIAN, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 559 del Estatuto Tributario.

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La Resolución 055 del 9 de julio de 2021, emitida por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, reglamenta unas garantías en materia aduanera y se dicta una disposición relativa a la declaración anticipada.

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Por medio de la Resolución 054 del 30 de junio de 2021, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, modifica la Resolución 043 de fecha 18 de mayo de 2021 “Por la cual se suspenden los términos en los procesos y actuaciones administrativos en materia tributaria, aduanera, cambiaria y administrativa de competencia de DIAN", ampliada hasta el 31 de julio.

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Resolución 052 del 21 de junio de 2021, por medio de la cual se modifica el numeral 7 del artículo 672 de la Resolución 046 de 2019, y se dictan otras disposiciones, referente a la Ley marco de Aduanas.

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Con la expedición de la Resolución 048 del 1 de junio de 2021, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, modificó nuevamente la vigencia de la suspensión de términos en procesos y actuaciones en materia tributaria, aduanera, cambiaria y administrativa, que continuará vigente entre el 1 y 8 de junio, y en materia aduanera entre el 1 y el 30 de junio de 2021.

Esto teniendo en cuenta las dificultades generadas por las manifestaciones públicas y bloqueos que han impedido la normal operación de los terminales portuarios de Buenaventura, la movilización de mercancías hacia las zonas francas y la operación aérea del aeropuerto Alfonso Bonilla Aragón que sirve a la ciudad de Cali que presenta dificultades en su operación y la consecuente movilidad de la carga de dicho aeropuerto a depósitos y zonas francas de la jurisdicción.

La medida suspende los términos de entrega al depósito o a la zona franca, así como los términos para solicitar y ejecutar el régimen de tránsito aduanero en todo el territorio nacional, como también los términos para la realización y ejecución del tránsito aduanero internacional.

En cuanto a la modalidad de cabotaje aéreo, solamente aplicará la suspensión para las operaciones que correspondan a la jurisdicción de la Dirección Seccional de Aduanas de Cali.

Se amplia también hasta el 30 de junio la permanencia de las mercancías que hayan salido de la zona franca para procesamiento parcial, como para reparación, revisión o mantenimiento de bienes de capital, equipos, herramientas, partes o sus repuestos fuera de la zona franca.

Igualmente, se mantiene la suspensión de los términos en todo el territorio nacional para la expedición de actos administrativos que deban ser notificados con intervención de correo físico en alguna de sus etapas. Así como para la radicación de recursos o actuaciones en los que se requiera presentación personal o autenticación.

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Por medio de la Resolución 045 del 24 de mayo de 2021, se modifica la Resolución 043 de fecha 18 de mayo de 2021 “Por la cual se suspenden los términos en los procesos y actuaciones administrativos en materia tributaria, aduanera, cambiaria y administrativa de competencia de la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN”.

La nueva suspensión aplica entre el 24 de mayo y el 8 de junio.

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Resolución 044 del 20 de mayo de 2021, por la cual se modifica parcialmente la Resolución 078 del 16 de julio de 2020, en relación con el Intercambio Automático de Información y la forma de presentarla.

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A través de la Resolución 043 del 18 de mayo de 2021, se suspenden los términos en los procesos y actuaciones administrativos en materia tributaria, aduanera, cambiaria y administrativa de competencia de la UAE Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN.

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales emitió la Resolución 040 del 10 de mayo de 2021, y su correspondiente anexo, por medio de la cual se suspenden los términos en procesos y actuaciones administrativas en materia tributaria, aduanera y cambiaria, de competencia de la DIAN, desde el 10 al 18 de mayo del presente año.

La razón de la determinación obedece a la situación de orden público, generada por el paro nacional, bloqueo de carreteras que impiden el tránsito normal, y dificultades presentadas en la frecuencia aérea, particularmente en el Aeropuerto Alfonso Bonilla Aragón que sirve a la ciudad de Cali, así como la movilidad de carga desde dicho terminal aéreo, a depósitos y zonas francas de la jurisdicción.

Los términos se reanudarán el 19 de mayo de 2021, teniendo en cuenta los días que al momento de la suspensión hacían falta para cumplir con las obligaciones correspondientes, incluidos aquellos establecidos en meses o años.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó la Resolución 039 del 10 de 2021, por la cual se modifica la Resolución 000046 de 2019, sobre el restablecimiento de los sistemas informáticos y el requisito de los usuarios de actualizar la información manual.

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