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Bajo el liderazgo del consejero Jairo Enrique Cervera, este miércoles 23 de noviembre de 2022 fue constituido formalmente el Comité Técnico ad honorem de NIIF para PYMES. Este órgano consultivo del Consejo Técnico de la Contaduría Publica -CTCP- encuentra su fundamento jurídico en las disposiciones de la Ley 1314 de 2009.

El comité reúne a importantes profesionales de la contaduría pública y representantes de organizaciones privadas y entidades públicas con la experiencia necesaria para abordar los temas que les son propios. Entre los principales y con sentido de urgencia el análisis y discusión de la tercera edición de la NIIF para las PYMES, emitido recientemente por la Junta Internacional de Estándares de Contabilidad (IASB, por su sigla en inglés).

A partir de este proceso se emitirá un concepto que el CTCP llevará en su representación del país ante el Grupo Latinoamericano de Emisores de Normas de Información Financiera -GLENIF- y que servirá para radicar ante el IASB una posición regional frente al documento. Esto dentro del proceso de consulta abierto por la entidad de estandarización.

En el proceso de constitución del Comité se adelantó la elección para los cargos de presidente(a) y secretario(a) técnico(a) del Comité. En el primer caso, fue elegida por mayoría Yeimmy Ilias Isaza, contadora pública con amplia experiencia en consultoría y docencia. Para el segundo, fue elegido Carlos Alberto Rodríguez.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, informó que una vez cerrado el proceso de discusión pública del Documento para Proyecto de Ley por Medio del Cual se regula la Revisoría Fiscal, se recibieron 68 comentarios de diferentes remitentes entre personas naturales y jurídicas.

El plazo para la recepción de comentarios venció el jueves 15 de septiembre de 2022 luego de que el CTCP accediera a la solicitud de algunos peticionarios respecto de la ampliación de la fecha límite inicial definida (que era del 31 de agosto de 2022).

Ahora el CTCP se encuentra en la etapa de organización y consolidación de la retroalimentación recibida por parte de la comunidad para empezar el análisis integral de la propuesta original y los comentarios remitidos. Tal ejercicio derivará en la entrega de una propuesta final por parte del CTCP a las direcciones de Regulación de los ministerios de Comercio, Industria y Turismo y Hacienda y Crédito Público, para su estudio y probable radicación como proyecto de ley ante el Congreso de la República.

La propuesta original, entregada por el Comité Nacional para la Reforma de la Revisoría Fiscal al Consejo Técnico en julio de 2022, es el resultado del trabajo conjunto de los profesionales de la contaduría pública que atendieron la convocatoria pública en las regiones del país y que autónoma y democráticamente eligieron sus representantes y metodología de trabajo.

El documento objeto de discusión pública está disponible haciendo clic aquí.

La Fundación IFRS anunció que el (International Accounting Standards Board -IASB- (Junta de Estándares Internacionales de Contabilidad) publicó las propuestas para actualizar las Normas Internacionales de Información Financiera -NIIF- para Pequeñas y Medianas Empresas Pymes.

Estas propuestas del IASB reflejan las mejoras realizadas a las NIIF completas, manteniendo la Norma adecuada para las pequeñas y medianas entidades. Comprenden la actualización de los principios de la Norma para alinearlos con los del Marco Conceptual para la Información Financiera emitido en 2018 y requisitos simplificados basados en la NIIF 13 -Medición del Valor Razonable- y la NIIF 15 -Ingresos de Contratos con Clientes.

También propone actualizar la Norma para los nuevos requisitos de la NIIF 3 -Combinaciones de Negocios-, la NIIF 9 --Instrumentos financieros-, la NIIF 10 -Estados financieros consolidados-- y la NIIF 11 -Acuerdos conjuntos-. Las actualizaciones propuestas incluyen otras mejoras realizadas a las Normas de Contabilidad NIIF completas desde que se publicó la segunda edición de la Norma de Contabilidad NIIF para las PYMES en 2015.

De acuerdo con IFRS las propuestas reflejan la retroalimentación de 2020 como parte de su Segunda Revisión Integral de la Norma y el asesoramiento del Grupo de Implementación de Pymes de IASB.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, amplió el plazo para la recepción de comentarios sobre el Documento para Proyecto de Ley por medio del cual se regula la Revisoría Fiscal que fue entregado por el Comité Nacional el 6 de julio de 2022

Luego de recibir solicitudes de diferentes grupos de interés en las que se expresó la necesidad de ampliar el plazo de recepción de comentarios, el CTCP ha fijado el jueves 15 de septiembre de 2022 a las 5:00 p.m. como la nueva fecha límite, luego de que el proceso de discusión pública se iniciara el 8 de julio del presente año y se fijara inicialmente el 31 de agosto como plazo máximo inicial.

Bajo el mismo entendido, se reitera que los comentarios sobre el proyecto presentado por el Comité Nacional para la Reforma de la Revisoría Fiscal deben ser enviados a los buzones Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

El Consejo Técnico es consciente de la relevancia del proyecto en mención y reconoce todas las iniciativas que deriven en el estudio de este por parte de los contadores públicos de Colombia y de las organizaciones profesionales que los representan. Las conclusiones y comentarios que resulten de estos esfuerzos nutren el debate y brindan más insumos para el análisis juicioso de la propuesta por parte del ente de normalización técnica.

El documento objeto de discusión pública está disponible haciendo clic aquí.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, publicó para comentarios del Documento para Proyecto de Ley por medio del cual se regula la Revisoría Fiscal. Esta es la versión oficial entregada por el presidente del Comité Nacional para la Reforma de la Revisoría Fiscal, doctor Francisco Reyes Villamizar en el acto protocolario del 6 de julio de 2022.

Luego de cerca de dos años ininterrumpidos de trabajo, el Comité Nacional para la Reforma de la Revisoría Fiscal entregó la versión final de su propuesta reformatoria al Consejo Técnico de la Contaduría Pública -CTCP-.

Por parte del Comité Nacional, su presidente, el doctor Francisco Reyes Villamizar protocolizó la entrega del documento con una intervención en la que reconoció el trabajo coordinado, democrático y regional para llegar a un documento final en el que primó el consenso. Asimismo, destacó la simplicidad del contenido, resumido en catorce artículos que consagra los cambios que los profesionales consideran necesarios en el ejercicio de la figura de la revisoría fiscal.

Reyes Villamizar destacó la necesidad de la reforma para actualizar y modernizar el régimen vigente. De igual forma y la necesidad de superar la dispersión normativa.

En representación del CTCP el consejero Jesús María Peña Bermúdez recibió la reforma resaltando la importancia de este esfuerzo y el del comité para la reglamentación de la profesión contable que entregó su propuesta en noviembre de 2021. También representó al CTCP en este evento el consejero Jairo Enrique Cervera Rodríguez.

Gracias a la coordinación y la iniciativa del CTCP se convocaron a los profesionales de la contaduría pública de todo el país y fruto de ello se conformaron 28 comités departamentales que después fueron agrupados en cinco regiones. En esta instancia, luego de procesos democráticos para definir su representación, se conformó el Comité Nacional. Desde esta instancia y a través del liderazgo regional se definieron los ejes temáticos que comprendieron la estructura para la construcción de esta propuesta: definición, funciones y atribuciones, nombramiento y remoción, entidades obligadas y calidades para ser revisor fiscal.

El periodo para comentarios sobre esta propuesta estará abierto desde el 8 de julio de 2022 y hasta el 31 de agosto de 2022 a las 5:00 p.m. Los buzones autorizados para recibir la retroalimentación derivada del proceso de discusión pública son Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Cumplido el plazo para la recepción de los comentarios el Consejo Técnico los consolidará y entrará en el proceso final de revisión para definir la entrega de una propuesta normativa (proyecto de ley) final a las direcciones de regulación de los ministerios de Comercio, Industria y Turismo y Hacienda y Crédito Público.

Para conocer el proyecto de ley, haga clic aquí.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, se encuentra en el proceso de recepción de comentarios que hacen parte del mecanismo de discusión pública del GTT 104 NIIF 9 – Instrumentos financieros: reconocimiento y medición.

Recientemente La Junta de Estándares Internacionales de Contabilidad (IASB) publicó la solicitud de información para la revisión posterior de la aplicación de la NIIF 9 – Instrumentos Financieros: reconocimiento y medición” para recibir comentarios.

El propósito es realizar una revisión sobre la NIIF 9 de manera posterior a su aplicación, la cual constituye una oportunidad para que se evalúen nuevos requisitos sobre los estados financieros por parte de los preparadores, los usuarios, los auditores y los reguladores. Por lo tanto, este proyecto se refiere a la información requerida para satisfacer las necesidades de los usuarios y cumplir con los objetivos de la información en relación con la clasificación y medición de los instrumentos financieros.

La invitación en hacer comentarios sobre las propuestas de este proyecto, el cual se fundamenta en nueve (9) preguntas del documento. Las preguntas se resumen en 3 grupos, así:

Sección 1 - información general sobre los efectos que la aplicación de los requisitos de clasificación y medición que la NIIF 9 ha tenido en los preparadores de estados financieros, los usuarios de los estados financieros, los auditores y los reguladores;
Secciones 2 a 8 - información sobre áreas específicas de los requisitos de clasificación y medición; y

Sección 9 - otra información relevante para la revisión posterior a la aplicación de los requisitos de clasificación y medición.

La Pregunta 1 se relaciona con la clasificación y medición; la Pregunta 2 hace referencia al modelo de negocio para la gestión de activos financieros; la Pregunta 3 se refiere a las características de los flujos de efectivo contractuales; la Pregunta 4 a los Instrumentos de patrimonio y al otro resultado integral; la Pregunta 5 a los Pasivos financieros y crédito propio; la Pregunta 6 a las modificaciones de los flujos de caja contractuales; la Pregunta 7 al costo amortizado y el método de interés efectivo; la Pregunta 8 a la transición y la Pregunta 9 otros asuntos que se sugiere sean revisadas incluidos comentarios sobre las lecciones aprendidas.

De acuerdo con lo anterior, agradecemos que nos brinden sus comentarios sobre la solicitud de información planteada por el Consejo que servirán para el análisis en la consideración y suministro de material educativo o modificaciones a la norma o emisión de establecer nuevas normas; por favor incluya la identificación de cualquier sugerencia o análisis adicional que durante su aplicación considere relevante y que facilite esta revisión post-implementación de la NIIF 9.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) como autoridad de normalización técnica por disposición de la Ley 1314 de 2009, participa en los procesos de elaboración de las normas internacionales de contabilidad, de información financiera y de aseguramiento de la información, que adelantan instituciones internacionales, dentro de los límites de sus recursos y de conformidad con las directrices establecidas por el Gobierno. Por ello, en el plan de trabajo del CTCP siempre se incluye un resumen de los proyectos en curso de los emisores de estándares de aceptación mundial, en este caso las Normas Internacionales de Información Financiera, que hoy forman parte del Grupo 1 del DUR 2420 de 2015. Actualmente, el CTCP tiene representación en el Directorio del Grupo Latinoamericano de Emisores de Normas de Información Financiera (GLENIF) página web http://www.glenif.org/, en donde se constituyen grupos de trabajo con representantes de los emisores de normas en Latinoamérica, quienes abordan la revisión y análisis de los documentos para discusión que son emitidos por el IASB.

Lo invitamos a que remita sus opiniones directamente al CTCP, quien consolidará los comentarios que se reciban de los diferentes grupos de interés en el país. A partir de estos comentarios y recomendaciones, el CTCP evaluará la pertinencia de remitirlos directamente al IASB, o a través del “GLENIF”, sus comentarios, sus comentarios y recomendaciones también nos brindan insumos para participar en las reuniones de discusión que se han programado por el “GLENIF” del GTT 104 - Revisión posterior a la aplicación NIIF 9 y en otras reuniones realizadas por el emisor de esta norma.

Es de alta pertinencia la participación en estos proyectos por parte de la comunidad contable en Colombia y de todas las autoridades, dado que se establecen antes de que una nueva norma internacional o modificación sea emitida. La posibilidad de conocer, analizar y participar en estas discusiones previas, permiten evaluar con anticipación los efectos de los cambios propuestos.

Considerando lo anterior, el Consejo Técnico de la Contaduría Pública – CTCP – dispone para revisión y discusión pública los documentos que han sido publicados por el IASB y por el GLENIF, que son el documento de consulta, en inglés pues no se ha emitido traducción al español a la fecha de esta comunicación y un resumen de las preguntas que se detallan en el documento, que podría ser útil para consolidar las respuestas. Los documentos del proyecto pueden ser consultados en la página web del CTCP, www.ctcp.gov.co, en el enlace: https://www.ctcp.gov.co/proyectos/contabilidad-e-informacion-financiera/organismos-internacionales/gtt-104-revision-post-implementacion-NIIF-

9. También pueden obtenerse de la página del proyecto en: https://www.ifrs.org/projects/work-plan/post-implementation-review-of-ifrs-9-classification-and-measurement/

La entidad recibirá comentarios a los siguientes correos: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., antes del 30 de noviembre del año 2021.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, en concordancia con el marco técnico normativo que reglamenta sus actuaciones y su voluntad de implementar la democracia participativa en cada una de sus decisiones, recientemente puso a consideración de la comunidad contable y otros grupos de interés un borrador de anteproyecto de Decreto cuyo propósito es el de reglamentar aspectos puntuales en el ejercicio de la revisoría fiscal y facilitar su cumplimiento.

El borrador tiene como uno de sus propósitos principales la armonización de las disposiciones legales que reglamentan las obligaciones, derechos y funciones de la revisoría fiscal. En esa puesta en discusión, que tiene como plazo máximo el 29 de noviembre del año en curso para la recepción de comentarios sobre la propuesta, se concluirá la pertinencia de presentar a los reguladores de los ministerios de Comercio, Industria y Turismo y Hacienda y Crédito Público un proyecto de decreto en los términos inicialmente planteados o con las modificaciones a las que haya lugar después del análisis de las opiniones recibidas.

Es procedente señalar que esta iniciativa adelantada por el CTCP no controvierte ni deslegitima el trabajo que viene adelantando el Comité Nacional para la actualización y modernización del ejercicio de la Revisoría Fiscal (promovido por el propio Consejo) y que busca consolidar el sentir de los gremios empresariales, las autoridades de vigilancia y los contadores públicos colombianos, sino que pretende reglamentar aspectos operativos puntuales, cuya falta ha venido afectando un debido ejercicio de las normas sustanciales.

Es importante resaltar que al final de ese ejercicio se recibirá una propuesta normativa para el análisis del Consejo Técnico, y presentación a los reguladores de los respectivos Ministerios para ser radicado ante el Congreso de la República.

Aclarado el objetivo buscado con el anteproyecto de Decreto sobre la voluntad del CTCP de buscar la reglamentación sobre aspectos puntuales del ejercicio de los revisores fiscales, los cuales se proponen en 20 artículos y que abordan temáticas como la elección y revocación, el proceso de empalme, las suplencias, la denominación de los Estados Financieros, los dictámenes, entre otros, se espera recibir los comentarios y sugerencias pertinentes por quienes ejercen, conocen y reciben los informes de los revisores fiscales.

Para conocer el proyecto de Decreto, haga clic aquí.

Recientemente el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, abrió la discusión pública del documento sobre las Normas y Enmiendas Emitidas por el IAASB durante los periodos 2019 a 2021 con plazo para la remisión de comentarios del cuatro de octubre de 2021.

Como parte de la propuesta que modifica la normativa del Aseguramiento de la Información se encuentra el Anexo 6 que comprende la NISR 4400 (Revisada) Procedimientos previamente acordados.

Esta Norma Internacional refiere las responsabilidades del profesional ejerciente cuando se le contrata para realizar un encargo de procedimientos acordados; y) la forma y contenido del informe de procedimientos acordados.

Las modificaciones

Esta norma aplica en el ámbito internacional para encargos que cubran estados financieros correspondientes a periodos iniciados a partir del 1 de enero de 2022 (par. 11).

Aplica a procedimientos acordados sobre materias financieras o no financieras (par. 2 y A1-A2).

Establece relaciones con las normas de control de calidad y con requerimiento del código de ética (par. 17).

Se mejora la definición de un encargo de procedimientos acordados (par. 4).

Un encargo de procedimientos acordados no implica la obtención de evidencia con el propósito de que el contador público exprese una opinión o una conclusión de aseguramiento en cualquier forma (par. 6).

El objetivo del procedimiento es a) acordar con la parte contratante los procedimientos a ser realizados, b) desarrollo de los procedimientos acordados, y c) comunicar los procedimientos realizados y los hallazgos relacionados (par. 12).

Se mejoran las definiciones (par. 13).

Se establece al socio del encargo como responsable de la calidad del encargo (par. 19).

Se establecen requisitos para antes de aceptar o continuar un encargo de procedimientos acordados, el profesional ejerciente deberá obtener un entendimiento del propósito del encargo (par. 21) y se establecen requisitos para que el profesional ejerciente acepte o continúe el encargo (par. 22).

Se establece la necesidad de considerar si solicita manifestaciones escritas (par. 28).

Se establecen requisitos cuando se usa el trabajo de un experto (par. 29), el contenido del informe de procedimientos acordados (par. 30), los requisitos de documentación (par. 35), y se establece una guía de aplicación.

Para consultar el Anexo 6, haga clic aquí.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, presentó el Concepto 032 del 2 de abril de 2024, por medio del cual responde a una consulta sobre Obligación de MTN y actuaciones Representante Legal PH.

Para conocer el Concepto 032, haga clic aquí.

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública, CTCP, emitió el Concepto 031 del 26 de marzo de 2024, respondiendo a una consulta sobre el Impuesto Diferido – Transacciones de financiación.

Para conocer el Concepto 031, haga clic aquí.

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