Mostrando artículos por etiqueta: Conciliación Fiscal

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó la Resolución 051 del 29 de marzo de 2023, por la cual se modifica y adiciona parcialmente el Anexo No. 1 “Formato 2516 versión 4, Reporte de conciliación fiscal anexo formulario 110” y el Anexo No. 3. “Anexo 3: Guía de diligenciamiento del formato 2516 v4.

Para conocer la Resolución 051, haga clic aquí.

Mediante la Resolución 027 del 24 de marzo de 2021, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales adiciona y modifican parcialmente los anexos de la Resolución No. 000071 del 28 de octubre de 2019, referente al plazo y formulario para reporte de informe de Conciliación Fiscal

Para conocer la Resolución 027, haga clic aquí.

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Resolución No. 000052 del 30 de octubre de 2018, "Por la cual se prescribe el formato de Reporte de Conciliación Fiscal de que trata el numeral 2 del artículo 1.7.1 del Decreto número 1625 del 11 de octubre de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria para los períodos gravables 2018, 2019 y fracción de 2020".

 

Para conocer la Resolución 052 completa, descargue el archivo adjunto a esta nota.

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió la Resolución 020 del 28 de marzo de 2018, por la cual se fijan las especificaciones técnicas y los plazos y condiciones de presentación del Reporte de conciliación fiscal de que trata el numeral 2 del artículo 1.7.1 del Decreto 1625 del 11 de octubre de 2016.

 

Para conocer la Resolución 020 completa, haga clic aquí.

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Sábado, 02 Diciembre 2017 10:28

Decreto 1998, reglamenta la conciliación fiscal

El Ministerio de Hacienda emitó el Decreto 1998 del 30 de noviembre de 2017, por el cual se sustituye la Parte 7 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, para reglamentar la Conciliación Fiscal de que trata el artículo 772-1 del Estatuto Tributario.

 

Para conocer el Decreto 1998 completo, haga clic aquí.

Miércoles, 21 Febrero 2024 16:30

Seminario Taller Conciliación Fiscal

banner Seminario Taller Conciliacin

boton temario

  1. Aspectos Formales de la Conciliación Fiscal.
  2. Control de Detalle.
  3. Reporte de Conciliación Fiscal (Formulario 2516).

   3.1. Estado de Situación Financiera vs. Patrimonio Fiscal.

   3.2. Estado de Resultados vs. Depuración de la Renta.

   3.3. Impuesto Diferido.

   3.4. Ingresos vs. Facturación.

   3.5. Activos Fijos.

boton expositora

  Alexandra Gil Sepúlveda

Contadora pública, Diplomados en Normas Internacionales de Contabilidad, Normas Internacionales de Aseguramiento de la Información, impuestos y tributación Internacional (Universidad Externado de Colombia). Certificada en presentación de Información Financiera por el ACCA (Association of Chartered Certified Accountants). Gerente de la firma Valores y Tributos S.A.S. Consultora y Docente en impuestos y Normas Internacionales de Información Financiera (NIC/NIIF) para universidades e instituciones del sector privado. Directora del Panel Normas Internacionales de Información Financiera y Diplomado de NIIF de la firma Gil Gómez y Cía. S.A.S.  Perito financiero en procesos judiciales). Miembro del comité de tributaristas de la ANDI. Conferencista para el Centro de Estudios Tributarios de Antioquia (CETA), Instituto de Estudios Fiscales ICEF, Universidad Luis Amigó y Universidad Nacional. Ha participado en Proyectos de Implementación de NIIF en diversas empresas del sector real; y entidades sin ánimo de lucro; amplia experiencia en conversión de estados financieros a Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). 

boton infogeneral

FECHA:                                 abril 9 de 2024

HORARIO:                            5:00 p.m. a 8:00 p.m.

MODALIDAD:                       Online

INVERSIÓN:                          $140.000 más IVA

*Incluye certificado y memorias.

boton descuentos

  • 5 % Dos asistentes bajo la misma factura
  • 10% Tres asistentes bajo la misma factura
  • 15% Cuatro o más asistentes bajo la misma factura

boton inscripciones

Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través de los siguientes links: Inscripciones ICEF o en los teléfonos: (4)4442926 – 3206751610 - 3124235443.

WhatsApp:  3006519641

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Realice su pago a través del botón pagos en línea en nuestra página web.

Transferencia a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF - NIT 900161280-0

  • Cuenta corriente de Davivienda 0370 6999 9524
  • Cuenta de ahorros Bancolombia 693 6360 2045

Si es transferencia envíe copia de consignación o traslado al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Pagos con tarjetas de crédito: Pago ágil  icef.pagoagil.co

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Instituto Colombiano de Estudios Fiscales – ICEF

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Facturación: Posterior a la inscripción remitiremos una cotización, una vez confirmado el pago, enviaremos la factura correspondiente, salvo para aquellas empresas que realicen solicitud escrita de la factura para poder realizar el pago.

 

Pago: En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.

 

Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe informarlo al correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.), mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento (Salvo fuerza mayor demostrada), tomaremos un 15% como gasto de administración y abonaremos el 85% que podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción.

 

Saldo a favor: Solo se otorgará el saldo a favor a las personas que lo hayan solicitado por escrito, o de quien en caso contrario se demuestre calamidad. Estos saldos tendrán vigencia de dos (2) años.

 

Miércoles, 17 Agosto 2022 18:16

Módulo: Interacción de las NIIF con los Impuestos

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   MÓDULO INTERACCIÓN DE LAS

NIIF CON LOS IMPUESTOS

 

boton temario 

 

  • Reconocimiento de Activos, Pasivos, Patrimonio, Ingresos y Gastos bajo NIF.
  • Impacto de las NIF en el impuesto sobre la Renta y Complementario.
  • Impacto de las NIF en el Impuesto sobre las Ventas.
  • Impacto de las NIF en el impuesto de Industria y Comercio.
  • Conciliación Fiscal.

boton expositor 

Carlos Arturo Rodriguez Vera 

Contador Público y Abogado de la Universidad Libre de Colombia, Especialista en Contabilidad Financiera Internacional de la Universidad Javeriana, Especialista en Gerencia de Impuestos de la Universidad Externado de Colombia; Consultor en Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y en los Marcos Normativos bajo Normas Internacionales de Contabilidad adoptados por la Contaduría General de la Nación; fue Sub Contador General de la Nación.

Autor del libro “Estado de Situación Financiera de Apertura para NIIF PYMES ¿Qué hacer y cómo hacerlo?” publicado por ICEF; Autor de la Guía práctica para elaborar el Estado de Situación Financiera de Apertura bajo NIIF PYMES publicada por la Superintendencia de Sociedades. Docente universitario y conferencista en varias Universidades e Instituciones del país.

 

boton infogeneral 

  • MODALIDAD:  Online
  • INICIA:          9 de septiembre
  • DÍAS:             viernes de 5:30 p. m. a 9:00 p. m.
                           sábado de 8:00 a.m. a 11:30 a.m.
  • INVERSIÓN:   $190:000 

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  • 20%   egresados, administrativos y docentes
  • 15%   egresados de extensión (ICEF o de UNAULA)
  • 5%     grupos de 3 personas
  • 7%     grupos de 5 personas
  • 15%   grupos de 10 personas o más

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Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través del siguiente  link: Inscripciones ICEF, o en los teléfonos (4) 4442926, WhatsApp 3006519641 o en la Universidad Autónoma Latinoamericana en EDUCO www.unaula.edu.co

 

 

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Tarjetas de crédito Pago ágil  icef.pagoagil.co

 

 

 

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Instituto Colombiano de Estudios Fiscales - ICEF

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Celulares: 3124235443 - 3206751610

WhatsApp: 3006519641

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Universidad Autónoma Latinoamericana – UNAULA

Celulares: 3015215938

Página Web: www.unaula.edu.co

Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

 

 
 

La Dirección de Gestión de Fiscalización a través de la Coordinación de Sistemas de Información y Procedimiento de Fiscalización Tributaria de la DIAN, informa que se encuentra publicado en el portal institucional el Prevalidador Reporte Conciliación Fiscal F2516V6_AG2022_v1.0.0-2023 Anexo Formulario 110, (Año gravable 2022).

Este archivo podrá descargarlo a través del portal institucional https://www.dian.gov.co ayuda para los contribuyentes que deben presentar el Impuesto sobre la Renta y Complementarios, obligados a llevar contabilidad o quienes de manera voluntaria decidan llevarla y que declaren en el Formulario 110, cuyos ingresos brutos obtenidos en el período gravable objeto de conciliación sean iguales o superiores a 45.000 UVT, el cual debe presentarse a través de los sistemas digitales de la DIAN.

El Artículo 3° de la Resolución No. 000071 del 28-10-2019, establece que el “Reporte de Conciliación fiscal" deberá ser presentado previo a la presentación de la declaración del impuesto sobre la renta y complementario a la cual corresponda la conciliación fiscal, de acuerdo con los plazos fijados por el gobierno nacional.

Descargue el prevalidador haciendo clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales informa a todos sus contribuyentes que se encuentra publicado el Prevalidador "Reporte Conciliacion Fiscal F2517V4 AG2021 v1.0.0-2022 Anexo Formulario 210" (Año gravable 2021), que deberá ser diligenciado y presentado a través de los Servicios Informáticos de la DIAN, por los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario, obligados a llevar contabilidad o quienes de manera voluntaria decidan llevarla y que declaren en el formulario No. 210, cuyos ingresos brutos fiscales obtenidos en el período gravable objeto de conciliación sean iguales o superiores a 45.000 UVT, el cual pueden descargar a través de la siguiente ruta: Prevalidadores (Impuestos - Reporte Conciliación Fiscal F2517v4 (Año gravable 2021)

O en el siguiente enlace: Reporte Conciliacion Fiscal F2517V4 AG2021 v1-0-0-2022

El Artículo 3o. de la Resolución No. 000071 del 28-10-2019, establece que el "Reporte de Conciliación fiscal" deberá ser presentado previo a la presentación de la declaración del impuesto sobre la renta y complementario a la cual corresponda la conciliación fiscal, de acuerdo con los plazos fijados por el gobierno nacional.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó la nueva versión del Prevalidador (Reporte Conciliacion Fiscal F2516V4 AG2020 v1.1.0-21 Anexo Formulario 110 - año gravable 2020), se encuentra disponible a través del siguiente enlace: Prevalidadores.aspx --> Reporte Conciliación Fiscal F2516v4 (Año gravable 2020).

Este reporte deberá ser diligenciado y presentado a través de los Servicios Informáticos de la DIAN, por parte de los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta y Complementario, obligados a llevar contabilidad o quienes de manera voluntaria decidan llevarla y declaren en el Formulario No. 110, cuyos ingresos brutos fiscales obtenidos en el período gravable objeto de conciliación, sean iguales o superiores a 45.000 UVT.

La DIAN, mediante Resolución 000027 del 24 de marzo de 2021 amplió el plazo para la presentación del Reporte de Conciliación Fiscal - Formato 2516. Las personas jurídicas y asimiladas podrán hacerlo hasta el 28 de mayo de 2021, y las personas naturales y asimiladas calificadas como Grandes Contribuyentes para el año 2021, hasta el 9 de agosto del presente año.

Los contribuyentes que hayan presentado el reporte por el año gravable 2020 con la versión anterior del prevalidador y que se encuentra en estado "exitosa" ("recibido" en la marca de agua del formulario 10006), no requieren volver a presentarla, salvo cuando se vaya a corregir la Declaración de Renta y Complementario.

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