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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó el proyecto de resolución por el cual se modifica parcialmente la Resolución 000044 de 2019, referente al tránsito aduanero y transporte multimodal para la carga contenerizada.

 

Por lo anterior, la entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 20 de noviembre de 2019, a través del siguiente buzón:Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó el proyecto de resolución por medio de la cual se establecen las características técnicas para la consulta de información por envío de archivos WEB SERVICE a través de los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales correspondiente a información relacionada con la llegada de la mercancía al territorio Aduanero Nacional, con el régimen de exportaciones, con el régimen de importación y con el proceso de ingreso y salida de carga de los puertos o muelles autorizados denominados ARIM y TARJA.

 

Por lo anterior, se recibirán comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 18 de noviembre de 2019, a través del siguiente buzón:

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió el proyecto de resolución por medio de la cual se establecen las especificaciones técnicas de los servicios de consulta de información por envío de archivos WEB SERVICE a través de los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales correspondiente a Formularios relacionados con el proceso de carga, desaduanamiento, salida de mercancía y con el proceso de ingreso y salida de carga en Zonas Francas, Formulario de Movimiento de Mercancías – FMM.

 

Por lo anterior, se recibirán comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 18 de noviembre de 2019, a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó el proyecto de resolución por medio de la cual se establecen las características técnicas para la presentación de información por WEB SERVICES a través de los servicios informáticos electrónicos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, correspondiente a los procedimientos relacionados con la llegada de la mercancía al territorio Aduanero Nacional.

 

Por lo anterior, la entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 18 de noviembre de 2019, a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó a los usuarios aduaneros que dio inicio a la prueba piloto para la implementación de Dispositivos Electrónicos de Seguridad (DES) en las operaciones de comercio exterior, en este caso, para cargas sometidas a tránsito aduanero o transporte multimodal, con punto de partida la Aduana de Buenaventura, y que tengan como destino depósitos habilitados y zonas francas ubicados en las jurisdicciones de las aduanas de Bogotá y Medellín.

 

Para el efecto, se advierte que los únicos operadores seleccionados y autorizados por la DIAN para prestar el servicio de instalación de los dispositivos electrónicos de seguridad, corresponden a las firmas: Protekto Ltda, Sec Sel SAS, JM Tracking SAS y Coltrack SAS.

 

La Directora de Gestión de Aduanas, Ingrid Diaz Rincón, advirtió que la prueba piloto se extenderá hasta noviembre de 2019, mes después del cual iniciará la fase de implementación a nivel nacional de los dispositivos electrónicos de seguridad, en las operaciones de tránsito aduanero y transporte multimodal que se originen en los puertos marítimos y fluviales con destino a los depósitos habilitados y las zonas francas del territorio aduanero nacional. Dicha implementación será de carácter obligatorio.

​La Subdirección de Gestión Técnica Aduanera de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó a los usuarios aduaneros que el sistema SIE-SARP se encuentra en operación y puede radicar sus solicitudes de resolución Anticipada o de Clasificación arancelaria electrónicamente a través del sistema y físicamente de acuerdo con la Circular Externa 005 de 2017.

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Martes, 06 Agosto 2019 08:19

DIAN avanza en simplificación de trámites

Dentro de su política de Cercanía Al Ciudadano, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, en el período agosto 2018 - agosto 2019, ha logrado simplificar y racionalizar trámites para facilitarle la vida a los ciudadanos.

 

Actualmente, la DIAN ofrece a la ciudadanía 64 Trámites y 4 OPAs (Otros procedimientos Administrativos) inscritos en el sistema SUIT del Departamento Administrativo de la Función Pública, de los cuales son 26 tributarios, 38 aduaneros y 4 cambiarios.

 

Es así, como durante el segundo semestre de 2018 se logró:

 

1. Eliminar el formato 1732 con las diferentes complejidades que representaba, para sustituirse por el formato de conciliación fiscal que en todo caso es necesario para presentar en debida forma la declaración de renta.

 

2. Se estandarizó el formato para la recepción de la información, a través de un sistema que garantiza la seguridad de los registros y la información.
En 2018 se presentaron 60.567 solicitudes exitosas en este trámite, mientras que en 2019 superan las 62.178.

 

3. Se eliminó la presentación de las Declaraciones de Importación que no tienen pago, ante las Entidades Autorizadas a Recaudar, con lo que se logró durante el segundo semestre de 2018,reducir a cero el tiempo de presentación en bancos, para el 54% de las importaciones, las cuales tomaban antes en promedio 17 horas en realizar dicha presentación.

 

Se simplificó el trámite de inscripción y actualización del RUT para las personas naturales sin residencia en Colombia y las sociedades extranjeras sin domicilio en Colombia, responsables del IVA, con corte a 31 de julio de 2019 se encuentran 35 inscritos con la responsabilidad “46- IVA Prestadores de Servicios desde el Exterior” y desde agosto de 2018 a la fecha se encuentran en el RUT 423 sociedades extranjeras sin domicilio en Colombia e inversionista extranjero persona natural.

 

4. En información exógena: se simplificó reportar la información de no constitutivos de renta ni ganancia ocasional en un solo formato, de modo que 15.657 obligados a informar dejaron de reportar 305.103 registros aproximadamente, evitando así la duplicidad de información.

 

En 2019, dentro del proceso de racionalización que permite disminuir de manera ostensible los índices de creación de empresas (Medición Doing Business del Banco Mundial), se destacan, a niveltributario, los siguientes trámites:

 

1. Mejora en trámite de obtención de resolución de autorización de facturación: Se eliminó el requisito de cuenta bancaria para obtener la autorización de facturación, mediante resolución 13 de febrero de 2019, realizándose también el ajuste informático respectivo lo que ha permitido que a 1° de agosto de 2019 se han otorgado con esta facilitación 184.439 resoluciones, solicitadas por 127.825 personas jurídicas y 56.613 personas naturales.

 

2. Mejora en trámite de obtención de Instrumento de Firma Electrónica IFE:
El ciudadano-cliente ya no tiene que acercarse a un punto de atención para obtener su Instrumento de Firma Electrónica pues este trámite se puede realizar virtualmente, el 100% de los contribuyentes pueden optar por obtener su IFE de manera virtual, en los meses de abril a julio del presente año se emitieron 93.680 IFE de manera virtual.

 

En materia aduanera, en lo que va de 2019, con ocasión de la expedición del Régimen Aduanero, Decreto 1165 y la resolución 0046 de julio de 2019, que empezaron a regir el pasado viernes 2 de agosto, y que contemplaron disposiciones para facilitar el 52% de los trámites aduaneros, interviniendo 19 de ellos, a través de 32 acciones de mejora, de los cuales podemos destacar:

 

1. Declaración de viajeros formulario 530:
En la actualidad este formulario ya no es obligatorio para el 100% de los viajeros hacia Colombia y solo deben diligenciarlo quienes tengan al momento de su ingreso al país, mercancías que excedan los cupos o dinero por encima de 10.000 dólares para declarar. Esto generará mayor agilidad en los aeropuertos y pasos de frontera y mejorará la imagen del país.

 

Los beneficiarios de esta medida corresponden al 95% de los viajeros, que ascienden aproximadamente a más de 2 millones al año.

 

2. Acciones de mejora en procesos de importación:
Se adoptaron 20 acciones de mejora, entre las que se encuentran la eliminación de la declaración de importación para residuos y desperdicios en Zona Franca, permitir el ingreso por cualquier aduana de mercancías exportadas temporalmente para perfeccionamiento pasivo, la eliminación de la certificación del Ministerio de Comercio Industria y Turismo cuando no se exporta dentro del plazo para demostrar el cumplimiento de los compromisos, autorizar el levante así se declaren mercancías en mayor cantidad que las consignadas en el documento de transporte, la obligación de realizar la inspección simultánea a todas las autoridades, reembarcar mercancías diferentes debido a error del proveedor, entre otras. Estas medidas favorecerán a todos los importadores, que para el último año ascendieron a 32.900.

 

3. Acciones de mejora en procesos de exportación:
Se adoptaron 3 acciones de mejora, entre las que se encuentran la eliminación de la declaración de exportación temporal por perfeccionamiento pasivo de mercancías que ingresa a Zona Franca y la eliminación del trámite de cabotaje para la salida al resto del mundo de mercancía que está en una zona franca en diferente jurisdicción al lugar de embarque, requiriendo solamente el formulario de movimiento de mercancía. Igualmente se permitió el reembarque de mercancía desde los Centros de Distribución Logística agrupando diferentes documentos de transporte. Estas medidas favorecerán a todos los exportadores, que para el último año ascendieron a 11.400.

 

4. Acciones de mejora en tránsito aduanero:
Se adoptaron 4 acciones de mejora entre las que se encuentran la eliminación de la declaración de tránsito para el traslado de mercancías entre zonas francas de diferente jurisdicción, el paso por un tercer país (Panamá) para la operación de tránsito en la modalidad de cabotaje de mercancías que atraviesan el océano Pacífico y Atlántico, la eliminación de restricciones y de garantías en el régimen de tránsito para los Operadores Económicos Autorizados y permitir continuar el trámite de importación para mercancías hurtadas durante la ejecución del tránsito y que posteriormente han sido recuperadas. Estas medidas favorecerán a todos los importadores que realizan operaciones de tránsito, que para el último año ascendieron a 2.300.

 

5. Inscripción, autorización y habilitación de usuarios aduaneros:
Se adoptaron 3 acciones de mejora, entre las que se encuentran la eliminación de la presentación de los estados financieros, la unificación de requisitos para la presentación de los planos de las áreas a habilitar y el traslado de la competencia del trámite de habilitación a las Direcciones Seccionales. Estas acciones impactaron 13 trámites de inscripción, autorización y habilitación de usuarios aduaneros, como la habilitación de depósitos, muelles o puertos y Centros de Distribución Logística, así como la inscripción de operadores de tránsito aduanero, transportadores de la modalidad de cabotaje, agentes de carga internacional e intermediarios de tráfico postal y envíos urgentes. Estas medidas favorecerán a todos los usuarios aduaneros autorizados, que a la fecha ascienden a 3.069.

 

6. Otros trámites que se facilitaron:
Certificados de Origen: Se reglamentó el procedimiento para la rectificación, anulación y duplicado de un certificado de origen, ya que no existía. Estas medidas favorecerán a todos los exportadores, que para el último año ascendieron a 11.400.

 

Solicitud de autorización como exportador autorizado: Se reglamentó el requerimiento de información, con el fin de aclarar las dudas que se puedan presentar en el proceso de la evaluación para la autorización del exportador autorizado por parte del funcionario, sobre el cumplimiento del origen de las mercancías a exportar, dando la posibilidad de que se culmine satisfactoriamente el trámite. Estas medidas favorecerán a todos los exportadores, que para el último año ascendieron a 11.400.

Por la cual se adiciona un parágrafo a la Resolución 000046 de 2019, sobre la reimportación de materias primas, partes, insumos y bienes terminados, nacionales o de origen extranjero, exportadas temporalmente para la prestación de un servicio de elaboración, reparación o transformación en zona franca.

 

Por lo anterior, se recibirán comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 13 de agosto de 2019, a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

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Los bienes producidos por las empresas colombianas que estén ubicadas en zonas francas y que sean originarios, gozarán de las preferencias arancelarias que se otorgan en el marco del Acuerdo de la Comunidad Andina, CAN, (Bolivia, Ecuador y Perú).

 

Después de 7 años de gestiones, finalmente se logró modificar la Decisión 414, lo cual fue ratificado durante el desarrollo de la Comisión de la CAN que se llevó a cabo este viernes.

 

Esto brindará certeza jurídica a las empresas colombianas ubicadas en estas áreas, desde las cuales, entre enero y mayo, se exportaron a ese bloque subregional US$105,5 millones. Se espera que la decisión, que se enmarca dentro de la Estrategia de Aprovechamiento de Acuerdos Comerciales, incentive las ventas externas hacia ese destino.

De otra parte, la CAN actualizó la normativa en materia de legislación aduanera comunitaria, con lo cual se simplificaron y armonizaron los regímenes y operaciones aduaneras. También se definieron procedimientos aduaneros uniformes para las operaciones comerciales que realizan las empresas de la región andina.

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De acuerdo con la Cámara de Comercio de Bogotá, la expedición del Decreto Único Aduanero 1165 del 2019 es una medida positiva y oportuna que favorece el comercio exterior y la internacionalización de las empresas colombianas.

 

El Decreto Único Aduanero, recién expedido por el Gobierno Nacional, responde a las necesidades de las empresas que realizan operaciones de comercio exterior y da respuesta a las barreras que la Cámara de Comercio de Bogotá y la Comisión de Comercio e inversión de la Cámara de Comercio Internacional (ICC) en Colombia han identificado en este frente.

 

El Decreto 1165 del 2 de junio de 2019 al unificar las normas aduaneras y dar claridad sobre las disposiciones vigentes, apunta a garantizar la seguridad jurídica, en tanto las normas están integradas en una sola normatividad lo que genera certidumbre en relación con la legislación aplicable.

 

En la Encuesta del Clima de Negocios y la inversión en Bogotá que realizó la CCB en el 2018, los empresarios de Bogotá consideraron que los problemas más significativos en cuanto a comercio exterior estaban relacionados con los trámites de aduanas, los cambios permanentes en la normatividad y los altos costos de transporte y del proceso de exportación en general.

 

El informe Doing Business 2019 del Banco Mundial, en el cual se mide a Colombia por Bogotá, reiteradamente ha identificado los problemas en el comercio transfronterizo como uno de los factores de mayor rezago y que más nos restan competitividad: el país se ubicó en la posición 133 entre 190 economías en comercio transfronterizo. Es evidente que Colombia necesita mejorar de manera radical los procesos de comercio exterior para ser más competitivos, y para ello, la simplificación de trámites es uno de los instrumentos más eficientes.

 

En este sentido, el decreto busca resolver algunas de estas barreras identificadas, lo que permitirá dinamizar el comercio exterior del país y, en particular, de Bogotá y Cundinamarca, la principal región en comercio exterior del país que en 2018 generó el 44.5% del valor del comercio exterior (exportaciones más importaciones).

 

Con esta medida, actividades con alto potencial de desarrollo en la ciudad se verán beneficiadas, con la incorporación de mecanismos para promover las importaciones relacionadas con la industria del cine y actividades audiovisuales, y con ello fortalecer la economía naranja en la cual Bogotá es referente en América Latina.

 

En Bogotá hay seis zonas francas y en Cundinamarca 26, que son plataformas eficientes y cada vez más importantes de producción y de exportación en la Región, y como lo ha identificado la agencia de atracción de inversión, Invest in Bogotá, filial de la Cámara de Comercio de Bogotá, éstas son fundamentales para el desarrollo de diversos sectores de servicios e industria como BPO, farmacéuticos, dispositivos médicos y manufactura. La decisión de incluir todas las operaciones de comercio exterior de bienes de las Zonas Francas (importación, exportación, tránsito aduanero, operaciones costa afuera y procesos de traslado de bienes entre los usuarios de las zonas francas) es un incentivo para que los empresarios usen cada vez más este instrumento que ha sido esencial para la promoción de las exportaciones en el país desde hace varias décadas.

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