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Dos semanas después de haber concluido las negociaciones del Tratado para la Promoción y Protección Recíproca de Inversiones, los Gobiernos de Colombia y Venezuela lo suscribieron este viernes 3 de febrero en Caracas.

En representación de las partes, firmaron el Acuerdo el presidente de la República Bolivariana de Venezuela, Nicolás Maduro Moros, y el ministro de Comercio, Industria y Turismo de Colombia, Germán Umaña Mendoza.

“Estamos reconstruyendo esta relación desde la institucionalidad y este Acuerdo es uno de los aspectos que contribuye con ese objetivo. Con este buscamos establecer, mantener y consolidar un marco jurídico que facilite y promueva las inversiones directas transfronterizas”, dijeron los funcionarios.

Este tratado busca atraer inversiones para impulsar la industria complementaria de bienes y servicios, promoviendo el desarrollo sostenible, la diversificación productiva, la formación de cadenas de valor y la creación de empleo calificado. Lo anterior, respetando los estándares laborales y las normas medioambientales.

Igualmente, establece un trato igual entre nacionales venezolanos y colombianos, bajo la protección del estándar de trato nacional, lo cual guarda así los equilibrios entre los potenciales inversionistas extranjeros y nacionales.

Ambos países celebran la suscripción y esperan que sea un paso importante para fomentar más inversiones bilaterales.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que, a través de mensajes de texto, inescrupulosos solicitan a los contribuyentes realizar operaciones transaccionales para el pago de supuestos impuestos aduaneros.

La DIAN reiteradamente ha informado que los canales oficiales para la realización de operaciones transaccionales son el portal institucional www.dian.gov.co o la App DIAN, la cual puede descargar a través de IOS o Play Store.

Ante estos hechos, denuncie ante el CAI virtual de la Policía Nacional https://caivirtual.policia.gov.co/ o en el PQRS de la DIAN https://www.dian.gov.co/atencionciudadano/contactenos/Paginas/PqrsDenuncias.aspx

Recuerde que todos los trámites o consultas ante la DIAN pueden realizarse en los canales oficiales sin costo alguno.

Los ciudadanos que requieran realizar sus trámites también podrán hacerlo con los agentes de servicio en los puntos de contacto de manera presencial o virtual, para lo cual debe solicitar una cita en nuestro servicio de agendamiento en la página web www.dian.gov.co o dando clic en el siguiente enlace: https://agendamientodigiturno.dian.gov.co/. Así mismo, puede solicitar asistencia telefónica en el contact center en las líneas 601 307 8064 para atención de Impuestos y 601 307 8065 para atención de Aduanas.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, generó mecanismos de facilitación a importadores -usuarios titulares de depósitos de transformación y ensamble, en pro de reducir costos y tiempos en sus operaciones.

De acuerdo con la necesidad y conforme a la normatividad aduanera vigente, se desarrolló un plan de trabajo para permitir que los usuarios titulares de depósitos de transformación y ensamble presentaran la declaración de importación tipo anticipada y la declaración de modificación (por seccional diferente), a través de los servicios digitales, sin que fuera necesario el trámite manual al momento de finalizar la modalidad S140 en el régimen de importación.

La funcionalidad del servicio informático ha sido beneficiosa para los usuarios, redundando en la simplificación de trámites, y además, en la reducción de costos y tiempos, pues los titulares de depósitos de transformación y ensamble pueden obtener el levante de su mercancía en lugar de arribo, sin necesidad de someter a tránsito aduanero su operación, y asumir los costos en que se incurren por este régimen para el traslado de su mercancía al depósito de transformación y ensamble que se encuentra en jurisdicción diferente a la aduana de arribo.

Desde la producción e implementación de este servicio informático en septiembre pasado, la DIAN hace seguimiento a su correcto funcionamiento, esto en colaboración con las empresas que hacen parte del Centro de Excelencia, algunas de las cuales se han registrado para participar en el programa que incentiva el uso de la declaración de importación anticipada. Lo anterior, ha puesto en evidencia el trabajo constante de la entidad para orientar y brindar un servicio satisfactorio a los usuarios.

La DIAN invita a los importadores directamente beneficiados para que inicien e implementen este mecanismo de facilitación, lo cual contribuirá de manera positiva a que la entidad siga identificando oportunidades de mejora en el servicio y el procedimiento aduanero.

Los interesados pueden ampliar esta información a través del buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

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Colombia recibe una comisión de altos funcionarios del Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) del Departamento de Seguridad Nacional de los E.E.U.U. para dar inicio al Plan de Trabajo Conjunto firmado el pasado 19 de julio en Anaheim, California, con el fin de obtener un Acuerdo de Reconocimiento Mutuo en el marco del Programa Operador Económico Autorizado

La comisión estará integrada por Tomas Overacker, Director Ejecutivo, Seguridad de Carga y Transporte de la CBP, Juan Gallardo, jefe de CTPAT Miami y Carlos Ochoa, Jefe de la División Comercial y Comunicaciones de CTPAT.

El CTPAT -por sus las siglas Customs Trade Partnership Against Terrorism- es el programa americano contra el terrorismo y protección del comercio equivalente al Operador Económico Autorizado en Colombia. El plan de trabajo que se implementará busca reconocer la compatibilidad entre estos programas para garantizar la seguridad de sus cadenas de suministro y facilitar el comercio entre los dos países.

Cerca de 600 empresas OEA se favorecerán de este eventual acuerdo, los ARM traen beneficios, entre otros, como:

- Aumento de la eficiencia económica, reducción de los tiempos y costos asociados al control aduanero gracias al trato preferente.
- Reducción de costos y demoras mediante la reducción de inspecciones o inspecciones prioritarias.
- Mejorar la predicción y precisión del movimiento de mercancías de un territorio a otro, mejorando la competitividad.
- Reducción en el hurto de la carga, mejorando la seguridad de las dos partes".

Así entonces, se reconoce la larga relación entre Colombia y los Estados Unidos frente a los asuntos aduaneros y se busca contribuir significativamente a la seguridad de la cadena de suministro internacional de extremo a extremo y a facilitar el comercio exterior entre ambos países. Es importante destacar que Colombia cuenta actualmente con 598 operadores de comercio exterior que tienen la autorización como Operador Económico Autorizado, ocupando el 3 puesto en Latinoamérica con más OEA, después de México y Brasil.

Miércoles, 08 Junio 2022 14:39

Aclaración de la DIAN sobre Decreto 955

Con ocasión de la entrada en vigencia del Decreto 955 del 4 de junio del 2022 "Por el cual se establece una medida transitoria sobre el valor en aduanas de las mercancías importadas, al Territorio Aduanero Nacional en el marco de lo dispuesto en la Decisión 894 de la Comunidad Andina", la DIAN informó que la casilla 79 de la Declaración de Importación se debe diligenciar con cero (0), cuando se trate de las subpartidas arancelarias contempladas en el artículo 1 (Exclusión) del Decreto en mención.

En lo que respecta al diligenciamiento de la Declaración Andina de Valor -DAV-, las casillas (117 a 120) correspondientes al valor del flete y gastos conexos, se deberán diligenciar con cero (0). Cabe anotar que cuando el término de negociación incluya el valor del flete, éste se deberá deducir en las casillas 132 o 133 de la DAV, cuando se trate de las subpartidas arancelarias contempladas en el artículo 1 del Decreto ibídem.

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Luego de negociaciones entre las autoridades aduaneras de la República de Guatemala y la República de Colombia, se firma un Acuerdo de Reconocimiento Mutuo (ARM) de sus programas de Operador Económico Autorizado (OEA).

El OEA fue adoptado en el año 2007 por la Organización Mundial de Aduanas (OMA), bajo el Marco de Estándares para Facilitar y Asegurar el Comercio (Marco SAFE), con el propósito de mejorar y fortalecer la seguridad en la cadena de suministro internacional.

Con la firma de este ARM, las empresas autorizadas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN en Colombia y certificadas por la Intendencia de Aduanas de Guatemala como Operadores Económicos Autorizados, podrán acogerse a los beneficios consagrados en el programa, relacionados con trámites de comercio más ágiles ante las autoridades de control del OEA. Por tanto, las empresas gozan de disminución de inspecciones físicas y documentales y reciben tratamientos preferenciales al momento de ingresar las mercancías al otro país.

Durante el acto de firma, la Directora de Gestión de Aduanas de la DIAN, Ingrid Díaz Rincón, manifestó: "Con este acuerdo se pactaron ventajas y beneficios mutuos entre nuestros países para asegurar y facilitar las operaciones de las empresas, y en esta vía, incrementar la competitividad y las oportunidades de crecimiento del sector privado. Tener empresas comprometidas con la seguridad de la cadena de suministro internacional contribuye a mitigar los riesgos en los delitos transnacionales, delitos tales, como: lavado de activos, financiación del terrorismo, contrabando, narcotráfico, tráfico de estupefacientes y tráfico de armas".

Por su parte, Marco Livio Díaz Reyes, Superintendente de Administración Tributaria de Guatemala, indicó que "Para la Superintendencia de Aduanas de Guatemala la firma del presente acto de arreglo - acuerdo de reconocimiento mutuo de la figura de OEA con la DIAN es parte del cumplimiento, en primer lugar, de nuestro plan estratégico institucional 2021-2025 el cual dentro de uno de los objetivos estratégicos se establece modernizar de manera integral el servicio aduanero y de comercio exterior y la firma de acuerdos de reconocimiento mutuo."

Con la firma del Acuerdo de Reconocimiento Mutuo, los representantes de Guatemala y Colombia se mostraron satisfechos por alcanzar esta nueva meta, la cual no solo fortalece los lazos comerciales que tradicionalmente han unido a las dos naciones hermanas, sino que representa un eslabón más en el propósito de afianzar la competitividad de sus empresarios y desarrollar las economías de manera conjunta.

Colombia cuenta actualmente con 397 empresas autorizadas como Operador Económico Autorizado, ocupando el 3 puesto en Latinoamérica con más empresas autorizadas después de México y Brasil. Cuenta, además, con 979 empresas que realizaron exportaciones a Guatemala durante el año 2021. A su vez, Guatemala tuvo 199 empresas que exportaron a Colombia en el mismo periodo.

El comercio exterior entre los dos países tiene las siguientes cifras:

En los años 2019, 2020 y 2021 Colombia exportó a Guatemala un valor de USD1.216 millones (CIF) y Guatemala a Colombia por un valor de USD106.98 millones (CIF).

En los 10 años del OEA en Colombia, las autoridades de comercio exterior consideran a las empresas OEA como los mayores usuarios de confianza, gracias a los cuales el país avanza en la construcción de un comercio legal, dinámico y eficiente. Se sigue creciendo ya que actualmente se cuenta con 9 ARM´s (Bolivia, Brasil, Chile, Costa Rica, Ecuador, Guatemala, México, Perú y Uruguay).

El programa OEA, liderado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, cuenta con el apoyo de la Policía Nacional (Dirección de Antinarcóticos), Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos -Invima, Instituto Colombiano Agropecuario -ICA, Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, Superintendencia de Transporte, y la Dirección General Marítima -DIMAR; y suma más de 70 beneficios para cada tipo de usuarios entre aduaneros, tributarios, sanitarios y de atención preferencial.

Con el firme propósito de seguir aportando a la reactivación económica de la región, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, amplio el plazo de autorización de ingreso de mercancías con destino a la Zona de Régimen Aduanero Especial – ZRAE de Maicao, Uribia y Manaure, por los puertos y aeropuertos habilitados de Cartagena, Barranquilla, Santa Marta y Riohacha.

La medida quedó establecida en la Resolución 039 del 28 de marzo de 2022, que precisa la ampliación de términos hasta el 30 de septiembre de 2022. Además, permite, que las mercancías que hayan sido embarcadas antes de dicha fecha, puedan ingresar a esta ZRAE hasta el 30 de noviembre de 2022.

El Director General de la DIAN, Lisandro Junco, recordó que, "desde diciembre pasado y al no existir un puerto habilitado para el ingreso de mercancías, con el fin de facilitar la logística de las operaciones de comercio exterior, fomentar la competitividad, y a la vez, promover el control y cumplimiento efectivo de la normatividad aduanera, a través de la Resolución 145 de 2021, la DIAN ya había tomado medidas para garantizar el ingreso de mercancías a esta Zona de Régimen Aduanero Especial, evitando poner en riesgo la estabilidad económica de la región".

Desde el inicio de esta medida de reactivación y hasta el 24 de marzo de 2022, han ingresado a través de Barranquilla y Santa Marta 424.813 kilogramos de mercancía no sujetas a cupo por un valor de USD 538.964, que, a su vez, representa un pago por impuestos de $95,8 millones, recursos que llegan directamente a los municipios que hacen parte de esta ZRAE.

En cuanto a mercancías sujetas a cupo que han entrado a través de otras jurisdicciones en ese mismo periodo, se tienen 614.276 kilogramos por un valor de USD 1.6 millones con pago por impuesto de ingreso de $350 millones.

Por último, se resalta el comportamiento del recaudo total de impuestos del 4% por el ingreso de mercancías a la ZRAE es de $1,083 millones entre 2019 y 2020, $880 millones entre 2020 y 2021, y $1,100 millones entre 2021 y 2022, lo que representa recursos para la reactivación de esta región del país.

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La Subdirección Técnica Aduanera de la DIAN, informó que en el proceso de certificación de origen digital entre Colombia y Brasil en el marco del ACE 72, en las últimas semanas se ha presentado el rechazo de algunos Certificados de Origen Digitales – COD - de Colombia por el sistema brasileño, con la información de que los archivos tienen problema con la firma y con la integridad.

Los equipos técnicos de los dos países han efectuado investigación y seguimiento mediante pruebas y consultas llegando a la conclusión de que, probablemente, la razón para que se presente este problema es por la corrupción de los archivos en el envío hasta el importador brasileño.

Con el fin de garantizar la trasmisión de los archivos xml de forma segura al país de destino, la Entidad se permite dar las siguientes directrices:

Cuando la DIAN notifique la aprobación del COD mediante correo electrónico el exportador o su autorizado no deben abrir ni descargar el Certificado de Origen Digital – COD, esto es el archivo xml.

Debe reenviar el correo al importador en Brasil en las mismas condiciones que lo recibió.

Posterior al envío al contacto en el país de destino, puede abrir y archivar el COD.

Es importante el estricto cumplimiento de estos lineamientos, los cuales garantizan una trasmisión limpia y que el archivo xml no va sufrir ningún tipo de corrupción.

Finalmente, la DIAN recordó que todos los certificados de origen digitales llegan al correo electrónico que tiene registrado el exportador en el sistema de certificados de origen y una vez llegue el COD a dicho correo, este es el archivo que se debe remitir al importador.

La Subdirección Técnica Aduanera informa a los usuarios de Comercio Exterior que en el marco del Acuerdo de Complementación Económica ACE72, Colombia y Brasil han definido que a partir del 1 de diciembre de 2021 se da inició a la emisión y recepción de certificados de origen en forma digital.

Colombia a partir del 1 de diciembre de 2021, emitirá el 100% de los certificados de origen que amparen mercancías de exportación a Brasil en forma digital. En ese sentido es importante señalar que para acceder al trato arancelario preferencial, ante la autoridad aduanera de BRASIL, bajo el marco del Acuerdo de Complementación Económica ACE72, el único documento válido como prueba de origen será el certificado de origen digital que se expidió en Formato XML por parte de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN como Entidad competente.

Brasil, emitirá los certificados de origen en forma digital y en forma física, progresivamente se llegará a la emisión del 100% de los certificados de origen en forma digital.

En el proceso de certificación digital entre Brasil y Colombia no hay trasmisión de los certificados de origen, por esta razón es responsabilidad del exportador remitir a su comprador en destino el archivo xml que le genera la DIAN en el momento de la emisión del documento.

Para las mercancías que ingresen al Territorio Aduanero Nacional con trato arancelario preferencial, la Entidad desarrollo una herramienta para que los importadores o sus autorizados carguen el certificado de origen emitido por las entidades habilitadas en Brasil a la plataforma informática de la DIAN. Para acceder debe seguir la siguiente ruta https://www.dian.gov.co/Transaccional/Paginas/ServiciosAduaneros.aspx

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que las solicitudes de Resoluciones anticipadas y a Petición de cualquier interesado en materia de clasificación arancelaria, valoración aduanera y origen, deben ser tramitadas a través del sistema informático (Sistema de Resoluciones Anticipadas y de Clasificación Arancelaria) dispuesto por la Entidad para tal fin en su página web.

La ruta de acceso para la realización de dicho trámite es la siguiente: www.dian.gov.co => Aduanas => Aspectos técnicos de las mercancías => Sistema resoluciones anticipadas y de clasificación arancelaria. O a través de la dirección: https://www.dian.gov.co/aduanas/aspectecmercancias/Paginas/SisResoAnticipada.aspx

La entidad recalcó que todas las solicitudes que se presenten por una URL diferente no podrán ser atendidas, en razón a que el nuevo aplicativo solamente se encuentra habilitado para la realización de pruebas.

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