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A través del Decreto 199 del 10 de febrero de 2020, el Ministerio de Comercio modifica parcialmente el Arancel de Aduanas para establecer unos desdoblamientos y tarifas arancelarias y se crea una nota complementaria.

 

Para conocer el Decreto 199, haga clic aquí.

El presidente de la República, Juan Manuel Santos, y los ministros de Hacienda, Mauricio Cárdenas, y de Comercio Industria y Turismo, María Lorena Gutiérrez, firmaron este martes el decreto 349, el cual se convierte en la herramienta más importante de facilitación del comercio exterior en el país, reduciendo los trámites y regulando el tema sancionatorio.

 

El titular de la cartera de Hacienda explicó que la nueva reglamentación castiga de forma drástica a quienes cometen infracciones asociadas a delitos y fraude aduanero, al tiempo que posibilita que los errores formales sean subsanables y no impliquen necesariamente una sanción.

 

“Lo que nos va a permitir este decreto es perseguir con fuerza a los delincuentes, especialmente a las bandas organizadas, y facilitar que los ciudadanos honestos que, por alguna razón, cometen un error en sus trámites aduaneros puedan solucionarlo sin tener que pasar por procesos engorrosos o terminar en una sanción”, puntualizó el ministro Cárdenas.

 

El funcionario informó que la nueva regulación es el resultado de un trabajo cuidadoso y de concertación y diálogo entre el Gobierno nacional y los gremios del país, orientado a facilitar las operaciones de comercio exterior y a lograr un equilibrio entre las infracciones y las sanciones en los procedimientos aduaneros.

 

Este proceso, que comenzó hace varios años, se materializó con el Decreto 390 de 2016, que tenía el objetivo de facilitar las operaciones de comercio, y se complementa hoy con el decreto 349. “Este decreto otorga mayor seguridad jurídica y ajusta procedimientos que hacen posibles las nuevas operaciones aduaneras que demanda hoy el comercio global”, concluyó el ministro.

 

La nueva reglamentación permite a la aduana colombiana simplificar procedimientos y agilizar trámites a través de la sistematización de las operaciones con los Servicios Informáticos Electrónicos de la DIAN. El sistema informático, para implementar la nueva normatividad en materia de importaciones, iniciará su funcionamiento en julio de este año; el resto de los aplicativos entrarán en vigencia paulatinamente en los próximos meses.

 

Cambio en el régimen sancionatorio
Uno de los cambios fundamentales de la nueva reglamentación aduanera en el país se produce en el tema sancionatorio. A partir de marzo de este año no serán objeto de sanción los operadores de comercio exterior por errores formales.

 

Con la normatividad anterior, por ejemplo, cualquier error en la cantidad declarada, por pequeño que fuera, tenía como resultado que la mercancía fuera aprehendida y el usuario se exponía a sanciones hasta por el 20% del valor de la misma; mientras que ahora se hace un análisis integral, el cual permite adelantar correcciones sin lugar a sanciones.

 

A partir de ahora, se diferencian las infracciones sustanciales, como aquellas que afectan el fisco y la seguridad nacional, de las formales, como errores en los documentos, generando un mayor equilibrio en la aplicación del régimen sancionatorio; adicionalmente, se disminuyeron los montos de las penalidades actuales, en armonía con el equilibrio buscado en el decreto 390 de 2016.

 

La sistematización de la aduana marca un hito importante
Los usuarios de comercio exterior contarán con un servicio informático ágil, robusto y confiable que responda integralmente a las necesidades de la operación aduanera.

 

El 100% de las obligaciones, asociadas al cumplimiento de formalidades y regímenes aduaneros, se realizará a través de los servicios informáticos electrónicos de la DIAN.

 

Mayor confianza en los operadores de comercio exterior
Con esta nueva normatividad, los Operadores económicos autorizados (OEA) y los operadores de comercio exterior, como transportadores, depósitos, puertos, agentes de aduana, agentes de carga internacional, que tengan la condición de usuario de confianza tendrán beneficios y tratamientos preferenciales, los cuales les ayudarán en las operaciones de menor costo y en reducción de tiempos.

 

Aquellos que tengan las autorizaciones aprobadas, como es el caso de los OEA, no tendrán exigencias adicionales, sino que podrán hacer sus operaciones sin requisitos agregados, y la DIAN concentrará sus acciones de control principalmente en aquellas operaciones que impliquen mayor riesgo de fraude o contrabando técnico.

 

Es importante indicar que a partir de marzo todo usuario podrá realizar sus operaciones sin acudir a una agencia de aduanas, reduciendo costos y tiempos en sus procedimientos.

 

Para conocer el Decreto 349 completo, haga clic aquí.

Martes, 17 Septiembre 2019 13:25

Seminario Régimen Aduanero

ADUANERO BANNER

 

 

Seminario Régimen Aduanero y Cambiario

 

El Gobierno Nacional expidió el Decreto 1165 del 2 de julio de 2019 que contiene la nueva Regulación Aduanera, que es reglamentada por la Resolución 46 del 26 de julio del mismo año; este decreto deroga las disposiciones de los Decretos 2685 de 1999, 390 de 2016 y los Títulos II y III del 2147 de 2016. Ante tal actualización el ICEF y UNAULA buscan contextualizar a los participantes en torno a las nuevas disposiciones.

 

OBJETIVO:

Informar al público en general acerca de la historia, tratamiento, legislación y aplicación de los criptoactivos en Colombia.

*Dirigido a público en general

 

INFORMACIÓN GENERAL:

 

FECHA: 21 y 23 de octubre

LUGAR: CC San Diego, Torre Norte Piso 11

DURACIÓN: 8 horas

 

HORARIO: 5:00 p.m. a 9:00 p.m.

 

VALOR: $289.000

 

AGENDA ACADÉMICA

  1. Contextualización general sobre la regulación aduanera
  2. Principales modificaciones hechas a: Regímenes aduaneros.
  • Mecanismos de promoción a las exportaciones (Comercializadoras Internacionales, Régimen Franco, Plan Vallejo)
  • Usuarios aduaneros
  • Usuarios de confianza, exportador autorizado, operador económico autorizado
  • Garantías
  • Medidas cautelares
  • Régimen sancionatorio y procedimiento aduanero

III. Conclusiones

 

EXPOSITORES:

 

Claudia Pilar Ramírez García, Abogada y Especialista en Derecho Empresarial de la Universidad de Medellín, es también Especialista en Derecho Administrativo de la Universidad Autónoma Latinoamericana. Con Diplomados en Nueva regulación aduanera del año 2016, en Régimen aduanero en la contratación internacional del 2016, partícipe en el IV Congreso Regional de Lucha contra el Contrabando, Lavado de activos y Evasión, cuenta con la participación en Diplomados de Operador Económico Autorizado, Argumentación probatoria, entre otros. Actualmente trabaja en la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN en la División de Gestión de Fiscalización de la Dirección Seccional de Aduanas de Medellín y es Docente de cátedras universitarias.

 

DESCUENTOS

Descuentos por convenio: 20% egresados, administrativos y docentes UNAULA; 30% estudiantes de pregrado activos UNAULA; 25% estudiantes de posgrados activos UNAULA; 15% egresados de cursos de extensión ICEF UNAULA

Descuento por pronto pago: 20% pagos con 15 días de anticipación.

Descuento por grupos: 15% grupos de diez personas o más; 7% cinco personas bajo la misma factura;

5% tres personas bajo la misma factura

Notas:

* Estos descuentos no son acumulables

*El valor incluye memorias y certificado.

 

INSCRIPCIONES:

Diligenciando el formulario de inscripción con todos sus datos a través de los siguientes links:ICEF o EDUCO o en el teléfono: 57 (4)4442926.

Realice su pago a través del botón pagos en línea en la página web ICEF o por el botón de pagos de UNAULA.

Transferencia a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF Nit 900161280. Cuenta corriente de Davivienda 0370 6999 9524 o Cuenta de ahorros Bancolombia 693 6360 2045, si lo hace por transferencia envíe copia de esta al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

Solicite link de pago con tarjeta de crédito al teléfono (4)4442926

 

MAYORES INFORMES

Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF

Teléfono: (4) 4442926

Celulares: 3206751610 – WhatsApp 3006519641

Página Web: www.icef.com.co.

Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo." target="_blank">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Universidad Autónoma Latinoamericana – UNAULA

 

Teléfono: (4) 5112199 Ext. 408 y 193

Celulares: 3015215938

Página Web: www.unala.edu.co

Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

POLÍTICAS DE VENTA ICEF

 

Facturación: Posterior a la inscripción remitiremos una cotización, una vez confirmado el pago, enviaremos la factura correspondiente, salvo para aquellas empresas que realicen solicitud expresa de la factura para poder realizar el pago.

Pago: Se reserva el cupo a quienes realicen el pago hasta 24 horas previa la realización del evento, quien desee pagar al ingreso de la capacitación debe solicitar a través de correo electrónico la autorización para cancelar en el mismo. En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.

Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe enviar al correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.">Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.) mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento, acreditaremos el 70% y podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción.

Cancelación: Por motivos de fuerza mayor, el Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF. se reservará el derecho de cancelar un evento o modificar el mismo, mínimo con tres (3) días de anterioridad. Esto aplica en cuanto a lo siguiente: fecha y horarios de realización, el(los) expositor(es) propuestos y el lugar donde se ofrecerá. Los eventos se realizarán cuando se haya alcanzado un número establecido de participantes inscritos. En ambos casos, el personal de inscripciones comunicará a los participantes inscritos, por medio de correo electrónico, el cambio realizado.

La Subdirección Técnica Aduanera informa que en el marco del Acuerdo de Complementación Económica ACE072, las autoridades aduaneras de Colombia y Argentina han definido que, desde el 08 de abril de 2024, inició la emisión y recepción de certificados de origen en forma digital.

Colombia, a partir de esta fecha emitirá el 100% de los certificados de origen que amparen mercancías de exportación a Argentina en forma digital. En ese sentido, es importante señalar que, para acceder al trato arancelario preferencial, ante la autoridad aduanera de Argentina, bajo el marco del ACE072, se deberá presentar dicho documento en el formato XML emitido por la DIAN como entidad competente.

No obstante, Colombia expedirá los certificados de origen en formato papel (físico) solo para aquellos casos en que la autoridad aduanera Argentina lo exija a los importadores que requieran la liberación de una garantía por la falta de este documento o en caso de contingencia.

Argentina, a su vez, emitirá los certificados de origen en formato digital.

En el proceso de certificación digital entre Argentina y Colombia no hay trasmisión de los certificados de origen, por esta razón es responsabilidad del exportador en Colombia, remitir a su comprador en destino el archivo XML que le genera la DIAN al momento de la emisión del documento de forma comprimida o en formato ZIP.

Para las mercancías que ingresen al Territorio Aduanero Nacional con trato arancelario preferencial, la Entidad tiene dispuesta una herramienta para que los importadores o sus autorizados, carguen el archivo XML del certificado de origen emitido por las entidades habilitadas en Argentina a la plataforma informática de la DIAN. Para acceder al cargue del archivo XML, ingrese haciendo clic aquí.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, levantÓ la contingencia ocasionada por las actualizaciones de seguridad llevadas a cabo el pasado 15 de noviembre de 2023 en el Sistema de Información y Gestión Aduanera (SYGA).

Esta actualización, inédita e inaplazable, resultó crucial para solucionar algunas deficiencias y vulnerabilidades que durante años han afectado la gestión de las operaciones de importación. Antes de la actualización, las bases de datos eran susceptibles de sufrir modificaciones con propósitos delictivos sin que fuera posible identificar a sus perpetradores. Los campos ilegalmente modificados contienen información que determina aspectos clave en la gestión de las aduanas, tales como la determinación de inspecciones físicas y la liquidación de tributos aduaneros, así como la correcta identificación de los importadores. Esto facilitó la evasión, la introducción de productos prohibidos y la ejecución de operaciones fraudulentas a nombre de terceros, durante décadas.

Gracias a las mejoras en seguridad realizadas al SYGA, se actualizaron sus componentes y se logró asegurar el soporte tecnológico de Microsoft, se implementó el respaldo continuo de sus bases de datos, se corrigieron vulnerabilidades y se incrementaron significativamente el número y la capacidad de sus servidores. Esto permite una gestión más eficiente de las declaraciones de importación y dificulta la realización de manipulaciones durante el proceso.

Dichas acciones permiten combatir con mayor efectividad el contrabando y el fraude aduanero, reducen la introducción ilegal de mercancías que ponen en riesgo la salud pública y el medio ambiente y promueven la justa competencia entre comerciantes e industria nacional.

A pesar de los desafíos encontrados durante la actualización, la DIAN brindó un apoyo efectivo a los importadores a través de un chat de atención permanente y una página web actualizada en tiempo real con información sobre el estado de los servicios aduaneros. También se ofreció atención especial en todos los puntos de aduanas del país y se promulgaron lineamientos internos para no iniciar procesos sancionatorios por incumplimientos debidamente justificados de obligaciones como consecuencia de las fallas del sistema.

Desde el inicio de la contingencia el 20 de noviembre de 2023 y hasta el 25 de enero de 2024, más del 98,74% de las declaraciones de importación se realizaron a través del sistema SYGA, permitiendo que el comercio exterior se mantuviera activo. El promedio de declaraciones diarias realizadas durante este período (5.087) fue incluso mayor al registrado durante los dos meses previos a la actualización (4.598).

Asimismo, se activaron los procedimientos alternativos de trámites manuales para aquellas declaraciones que no pudieron ser presentadas a través del sistema. Es decir, para el 1,26% de las 371.022 declaraciones realizadas en ese periodo.

Finalmente, el pasado 5 de diciembre de 2023, la DIAN presentó ante la Fiscalía General de la Nación una denuncia formal por un presunto ataque contra el SYGA La denuncia fue recibida de manera prioritaria debido al riesgo que representa para la seguridad fiscal de Colombia. La DIAN aportará las pruebas necesarias para llevar a buen término esta investigación y castigar a los responsables.

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió una comunicación a toda la entidad para no adelantar procesos sancionatorios contra los usuarios aduaneros que no hayan podido cumplir con sus obligaciones por cuenta de la contingencia derivada de las actualizaciones de seguridad del Sistema de Información y Gestión Aduanera, SYGA. Estas situaciones deben estar justificadas y debidamente documentadas.

Conozca estos lineamientos en el siguiente enlace: https://www.dian.gov.co/Documents/SYGA/ComunicadoSYGA.pdf

Adicionalmente, la DIAN tiene un sitio web con información actualizada sobre cómo están avanzando las actualizaciones. La comunidad del comercio exterior puede visitarlo en: https://www.dian.gov.co/SYGA

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, abrió un nuevo punto de atención presencial en Medellín, que servirá para atender a los usuarios y operadores de comercio exterior, principalmente, pero también para asistir a la ciudadanía en trámites específicos.

El punto está ubicado en el edificio de la DIAN, en el Centro Administrativo La Alpujarra (Carrera 52 # 42 – 43), en la capital antioqueña, y su horario es de lunes a viernes de 6:45 a.m. a 3:00 p.m. Los asistentes serán atendidos por orden de llegada y sin necesidad de tener una cita agendada previamente.

En la planta baja, los usuarios recibirán atención para consultas generales sobre temas aduaneros y emisiones de certificados de origen de mercancía. En el segundo piso, la División de Operación Aduanera adelantará trámites como la corrección de declaraciones de importación SYGA, entrega de pólizas y garantías vencidas, prórrogas para el tránsito de vehículos de turismo, entre otros.

Este es el tercer punto de atención para usuarios aduaneros dispuesto por la DIAN en lo que va corrido del año, después de los habilitados por las direcciones seccionales de Bogotá y Cali. Con ellos, la entidad pretende unificar criterios de atención y ofrecerles una mejor experiencia de servicio a dichos usuarios.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN- a través de la Subdirección de Registro y Control Aduanero pone a disposición de los usuarios algunas consideraciones a tener en cuenta para la renovación de las garantías globales.

Tipos de garantías
Las garantías globales por los que pueden optar los usuarios aduaneros son: Las garantías de entidad bancaria, Hipotecaria, Fiducia mercantil en garantía, Prenda sin tenencia, Certificado de depósito a término y Fianza deberán radicarse físicamente antes de la radicación electrónica (Resolución 46 de 2029, artículo 14)

Los usuarios aduaneros que cuenten con un registro aduanero vigente, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales dispone del Servicio Informático Electrónico -SIE de Garantías, mediante el cual deben presentar las solicitudes de aprobación de garantías globales.

La renovación de la garantía global debe presentarse dos (2) meses antes de la fecha de vencimiento de la garantía aprobada o hasta antes del vencimiento de esta. (numeral 2 artículo 18 de la Resolución 46 del 26 de julio de 2019)

Para el diligenciamiento y presentación de las solicitudes se encuentra el paso a paso en: Ingresar al micrositio “Guía de Servicios en Línea" de la página de la DIAN, en el numeral 17 del siguiente link https://www.dian.gov.co/Transaccional/Paginas/autoasistencia.aspx donde se encuentran publicados los manuales de usuario del SIE Garantías, en los cuales encontrará.

Los valores de patrimonios y de constitución de las garantías globales se puede consultar en: https://www.dian.gov.co/aduanas/Documents/Cuadro-Valores-Patrimonio-Garantias-UA-2023.pdf

Para la renovación de la garantía global se puede aplicar las disminuciones del valor, establecidas en el artículo 30 del Decreto 1165 del 02 de julio de 2019, y el SIE de Garantías dispone del campo porcentaje de descuento.

Al radicar la solicitud de renovación de una garantía global se deberá actualizar los campos que precarga el sistema, con el fin de actualizar la información y el correcto diligenciamiento de la solicitud.

El SIE de Garantías permite realizar el seguimiento a las solicitudes que están en trámite ingresando por el árbol de menú opción Consultas.

Los registros, autorizaciones, inscripciones y habilitaciones continuarán vigentes, siempre y cuando se mantenga la vigencia y renovación de las garantías globales exigibles (artículo 768 del Decreto 1165 de 2019)

La garantía global que no se renueve dentro de los términos de ley, conlleva que la autorización, reconocimiento, inscripción o habilitación, quede sin efecto a partir del día siguiente a la fecha de vencimiento de dicha garantía, sin necesidad de acto administrativo que así lo declare. (Decreto 1165 de 2019, artículo 30l)

Si se dio cambio en la razón social de una sociedad, se debe efectuar la modificación al momento de la renovación de la garantía global. (Inciso tercero del numeral 3 del artículo 18 de la Resolución 46 de 2019)

Para la autorizar a un tercero para la radiación y presentación de una garantía global a través del SIE de Garantías, tener en cuenta el manual MN-OA-0059 Autorización Radiación Garantía en el siguiente link https://www.dian.gov.co/Transaccional/GuaServiciosLinea/Autorizacion_garantias_ext.pdf.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, actualizó el Manual de Procedimiento y Normativa sobre la Clasificación Arancelaria de las Mercancías para Usuarios Aduaneros.

El Manual de Procedimiento y Normativa sobre la Clasificación Arancelaria de las Mercancías es una guía para usuarios interesados en presentar solicitudes de clasificación oficial, anticipadas o una petición a través de la Plataforma SARP, diseñada y puesta en funcionamiento por la DIAN, para facilitar la presentación y atención de este tipo de solicitudes.

El documento ya cuenta con las actualizaciones a marzo de 2023, para conocimiento de todos los usuarios aduaneros que presentan anualmente solicitudes de clasificación arancelaria de productos y unidades funcionales y que, posteriormente, son presentadas en el proceso de inspección previo y simultáneo con economías en tiempos y costos de nacionalización.

Puede consultar el documento haciendo clic aquí.

El Ministerio de Hacienda publicó para comentarios hasta el 21 de marzo de 2023, el Proyecto de Decreto “Por medio del cual se establece el nuevo régimen sancionatorio y de decomiso de mercancías en materia de aduanas, así como el procedimiento aplicable”.

Para conocer el proyecto de decreto, haga clic aquí.

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