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EMPRESAS CONTROLADAS DEL EXTERIOR / SEDE EFECTIVA DE ADMINISTRACIÓN |
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Carolina Cañón Bohórquez Abogada de la Universidad de los Andes, especialista en derecho tributario y experta en Gestión Patrimonial Familiar, y socia Fundadora de Cañón Thompson. Tiene Maestría en Derecho de los Negocios e Impuestos en la Universidad de Paris I Pantheón Sorbonne (Francia), Especialización en Derecho Comercial en la Universidad Paris II Pantheón Assas (Francia), y Especialización en Derecho Tributario en la Universidad del Rosario (Colombia). Fue la Directora y Coautora del primer libro en Colombia sobre “Gestión Patrimonial Familiar” con una visión interdisciplinaria lanzado por el Instituto Colombiano de Derecho Tributario el año pasado. Es profesora de la cátedra de Tributación de Patrimonios Familiares de las maestrías de impuestos de la Universidad de los Andes y la Universidad EAFIT. La Dra. Cañón ha sido reconocida por los principales rankings internacionales en el área de Gestión Patrimonial Familiar. Eric Thompson Chacón Abogado de la Universidad de Costa Rica, especialista en tributación internacional, y experto en Gestión Tributaria Corporativa y Planeación Fiscal. Es socio Fundador de Cañón Thompson. Tiene Maestría en Derecho Tributario y Especialidad en Política Tributaria de la Universidad de Harvard, y Especialista en Derecho Tributario Internacional de la Universidad Externado de Colombia. Fue socio de Impuestos de KPMG Colombia; director Corporativo de Impuestos del Grupo AVIANCA; Gerente de la Región Latin Center de Coca Cola y Director de la Administración de Impuestos en Costa Rica. Asimismo, ha sido consultor del Banco Interamericano de Desarrollo. Es profesor de las maestrías de impuestos de la Universidad de los Andes y la Universidad EAFIT.
Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través del siguiente link: Inscripciones ICEF Teléfono: 604 4442926 Celulares: 320 6751610 – 312 4235443 – 300 6519641 WhatsApp 300 6519641 Realice su pago a través del botón de la página web de ICEF pagos en línea Transferencia a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF NIT 900161280-0
Si realiza transferencia o consignación, favor enviar el soporte al correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Tarjetas de crédito Pago ágil icef.pagoagil.co Instituto Colombiano de Estudios Fiscales - ICEF Teléfonos: 604 444 2926 Celulares: 320 675 1610 – 312 423 5443 – 300 651 9641 WhatsApp: 300 651 9641 Página Web: www.icef.com.co Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. Facturación: Posterior a la inscripción remitiremos una cotización, una vez confirmado el pago, enviaremos la factura correspondiente, salvo para aquellas empresas que realicen solicitud escrita de la factura para poder realizar el pago. Pago: En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud. Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe informarlo al correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.), mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento (Salvo fuerza mayor demostrada), tomaremos un 15% como gasto de administración y abonaremos el 85% que podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción. Saldo a favor: Solo se otorgará el saldo a favor a las personas que lo hayan solicitado por escrito, o de quien en caso contrario se demuestre calamidad. Estos saldos tendrán vigencia de dos (2) años.
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