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SEMINARIO TALLER DECLARACIÓN DE RENTA PERSONA JURIDICA 2024 |
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Con motivo de los vencimientos para el año 2024 y la presentación de las declaraciones tributarias anuales de personas jurídicas por el año gravable 2023, se necesita una apropiada aplicación de la normatividad fiscal y la correspondiente conexión de las NIIF con las bases tributarias, su respectiva Conciliación Fiscal (Formato 2516), así como analizar los efectos de las últimas leyes, doctrina y jurisprudencia, por lo que se hace indispensable efectuar una planeación de la elaboración de las mismas.
El objetivo fundamental es brindar adecuadas herramientas prácticas y recomendaciones claves para la preparación de estas nuevas declaraciones y la racionalización de la determinación de las bases e impuestos de estas, así como prepara la información de cara a la declaración del 2024 y la reforma tributaria. CONTENIDO: I. Principales diferencias años gravables 2024 vs 2023 y estrategias. II. Tasa Efectiva de Tributación Mínima-TTD e Impuesto Adicional 2023 y planeación 2024, ejemplos y aplicación en el Taller. III. Límites de beneficios tributarios y límites particulares a descuentos tributarios 2023, ejemplos y aplicación en el Taller. IV. Aplicación de descuentos Tributarios, Crédito Fiscal y Deducciones 2023 y aplicación de nuevas leyes y última jurisprudencia. V. Aplicación de la conciliación fiscal Formato 2516 y sus efectos tributarios con la integración al Formulario 110. VI. Control al Régimen de Transición general 2016 vs. 2023. VII. Régimen de transición en moneda extranjera 2016 vs. 2023. VIII. Control dual sobre los activos y las depreciaciones y las amortizaciones 2017 – 2023 en la conciliación y bases fiscales. IX. Principales partidas conciliatorias patrimoniales 2023. X. Principales diferencias patrimoniales e impacto en el impuesto diferido por efecto del incremento en las tarifas, en ganancias ocasionales y en renta. XI. Manejo de Pasivos contingentes, estimados y pasivos laborales 2023. XII. Conciliación del cierre de los ingresos, costos y deducciones 2023. XIII. Diferencias y conciliaciones de ingresos en las declaraciones tributarias de renta, IVA e ICA. Jaime Hernán Monclou Pedraza MODALIDAD: Online HORARIO: 5:00 p.m. a 9:00 p.m. INVERSIÓN: $ 145.000 más IVA
Diligencie el formulario de inscripción con todos sus datos a través del siguiente link: Inscripciones ICEF Teléfonos: 604 4442926 – 3206751610 - 3124235443 WhatsApp: 3006519641 Realice su pago a través del botón pagos en línea en nuestra página web. Transferencia a nombre del Instituto Colombiano de Estudios Fiscales ICEF - NIT 900161280-0
Si es transferencia, envíe copia de consignación o traslado al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
Pagos con tarjetas de crédito: Pago ágil icef.pagoagil.co Instituto Colombiano de Estudios Fiscales – ICEF Página Web: www.icef.com.co Teléfono: 604 4442926 Celular: 3206751610 – 3124235443 WhatsApp: 3006519641 Dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. - Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. Facturación: Posterior a la inscripción remitiremos una cotización, una vez confirmado el pago, enviaremos la factura correspondiente, salvo para aquellas empresas que realicen solicitud escrita de la factura para poder realizar el pago.
Pago: En caso de requerir crédito, deberá ser solicitado 8 días hábiles previos a la realización del evento y daremos respuesta dentro de los 3 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud.
Devolución: Si por motivo de carácter personal no le es posible asistir al evento, debe informarlo al correo electrónico (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.), mínimo con tres días hábiles de anticipación y abonaremos el valor consignado como saldo a favor, si la notificación se hace con un día de anticipación o el día del evento (Salvo fuerza mayor demostrada), tomaremos un 15% como gasto de administración y abonaremos el 85% que podrá ser utilizado en otro evento, previa inscripción.
Saldo a favor: Solo se otorgará el saldo a favor a las personas que lo hayan solicitado por escrito, o de quien en caso contrario se demuestre calamidad. Estos saldos tendrán vigencia de dos (2) años.
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Contacto : Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. | ||||
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