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Al ratificarse el Convenio 190, los países integrantes de la OIT se comprometen a establecer mecanismos de prevención y protección, control de su aplicación, vías de recurso y reparación, así como orientación y difusión. Este instrumento impone la obligación de adoptar la legislación que garantice el derecho a la igualdad y no discriminación en el empleo.

El Convenio 190 no solo promueve espacios seguros en el trabajo, sino también reconoce que la violencia doméstica afecta la participación de las mujeres en el campo laboral, su productividad, acceso al empleo y su salud.

La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez Ríos, se mostró optimista por el avance de este importante convenio.

“Celebramos un paso importante, hacia el cumplimiento de los sueños de muchas mujeres, trabajadoras, empresarias, emprendedoras y sus organizaciones y el mío, por tener un trabajo sin miedo, sin violencias de género y sin discriminaciones”, dijo la Ministra.

La relevancia de este convenio es que se generan entornos de trabajos seguros y libres de violencia de género para lograr equidad en el trabajo y se salda una deuda histórica con las mujeres trabajadoras en prevención del acoso laboral.

“Ratificar este convenio significa que vamos a avanzar en combatir, prevenir y sancionar las violencias de género que viven las mujeres y personas de las diversidades sexuales, en el ámbito laboral”, puntualizó la jefa de la cartera laboral.

El acuerdo sobre la violencia y el acoso de la OIT fue adoptado en junio de 2019 en la Conferencia del Centenario de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), siendo uno de los primeros instrumentos internacionales que reconocen específicamente el derecho de todas las personas a un mundo del trabajo libre de violencia y acoso, introduciendo aspectos garantistas y novedosos con un ámbito de aplicación amplio.

La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramirez, resaltó la importancia del proyecto de reforma laboral, Trabajo Por el Cambio, radicado ante el Congreso de la República y basado en el artículo 53 de la constitución política que mandata al congreso a expedir el estatuto del trabajo.

Según el artículo antes mencionado, la ley correspondiente tendrá en cuenta por lo menos los siguientes principios mínimos fundamentales: Igualdad de oportunidades para los trabajadores; remuneración mínima vital y móvil, proporcional a la cantidad y calidad de trabajo; estabilidad en el empleo, entre otros.

“Me parece que cuando dicen que la reforma laboral es un pliego sindical, lo que refleja es un desconocimiento de la normatividad, tanto nacional como internacional, esto es un sistema de pesos y contra pesos de manera distinta en el mundo del trabajo, pero sobre todo estamos respondiendo a las recomendaciones de la OIT, estamos respondiendo a las sentencias que tiene la Corte Constitucional en tal materia y al derecho de huelga que está en la Constitución Política”, puntualizó, la ministra del Trabajo.

Según la jefa de la cartera laboral, la reforma, busca restituir los derechos de las y los trabajadores en términos de jornada laboral, como recargos nocturnos, dominicales y festivos. El empleo es una política pública y el estado debe garantizarlo como lo mandata la constitución en su artículo 54. Por su parte el trabajo es un derecho fundamental.

“Están diciendo que la reforma laboral, no genera empleos y no ataca la informalidad, yo quiero decirles a los colombianos y colombianas, que la informalidad ha sido sostenida desde el año 90 en este país, este es un problema de tipo estructural y para ello tiene que ver claramente las políticas económicas, no solamente la relación laboral, por eso es una falacia que nos digan que con relaciones laborales ampliamos o quitamos la informalidad”, puntualizó, Gloria Inés Ramírez.

Dentro del proyecto, Trabajo por el Cambio, existen capítulos destinados a reducir de manera directa la informalidad, por ejemplo, poblaciones tradicionalmente informales como: Trabajadoras domésticas, que suman cerca de 700 mil, formalización para los y las trabajadoras migrantes sin consideración a su nacionalidad, deportistas, trabajadores y trabajadoras de plataformas digitales de reparto que con la reforma se podrían formalizar a más de 100 mil y la creación del jornal agropecuario que impactaría a la informalidad en este sector que está en 86%. Con esta medida se busca formalizar cerca de 1 millón 500 mil trabajadores y trabajadoras rurales (cuenta propia y jornaleros)

“En la reforma laboral damos elementos para que todos los y las trabajadoras que hoy están en la informalidad como en el campo, hablamos de un contrato agropecuario que les va a posibilitar acceder a la seguridad social, de igual manera para los trabajadores que hacen temporadas, que son estacionales en los centros urbanos, temporadas de cosechas y del sector turismo, tienen la posibilidad de un contrato parcial, pero con derechos”, dijo, la alta funcionaria.

Finalmente recordó que en por lo menos tres sentencias de la corte constitucional han calificado como “regresiva” la ley 789 del 2002 que recortó derechos adquiridos a los y las trabajadoras. Así mismo, el procurador para el 2011, Edgardo Maya, hizo la siguiente afirmación ante el congreso de la república frente a la ley 789: “Una muestra de la ineficacia generada por la vigencia de esta ley se precisa del siguiente esquema: en el cuatrienio 2003-2006 a decir del gobierno, se generarían 710.000 empleos como resultado de la reforma laboral; según la Contraloría General de la República y el Observatorio del Mercado de Trabajo y Seguridad Social, en dicho período se generaron tan solo entre 160.000 y 200.000 respectivamente, es decir una quinta parte de la meta propuesta (22%).

La Comisión de Expertos de la OIT presentó las observaciones para Colombia en cuanto a los convenios ratificados y que deben ser tenidos en cuenta para la discusión de la reforma laboral, en materia del tiempo de la jornada laboral, la seguridad y salud en el trabajo, igualdad de oportunidades y de trato, e inspección del trabajo.

En cuanto al tiempo de trabajo, la comisión de expertos recomendó al Gobierno Nacional que adopte medidas específicas para asegurar que en la práctica se fije un límite diario específico a la jornada laboral.

Así lo destacó la Especialista en Normas Internacionales del Trabajo de la OIT para los Países Andino, Marialaura Fino: “Es necesario que se fijen unos límites de las horas trabajadas por día y que las horas extras, sean retribuidas de manera oportuna y por supuesto que existan límites a estas horas extras tanto a nivel semanal como anual como lo establece los convenios de la OIT”.

El informe de la comisión de expertos de la OIT también considera “peligroso y desventajoso”, la eliminación del límite de la jornada diaria de 8 horas que contiene la Ley 2101 de 2021.

En la Subcomisión tripartita de la Reforma Laboral que sesionó este martes, además se abordaron temas y puntos claves como el derecho laboral individual y colectivo que incluye las horas de trabajo, descanso semanal, vacaciones, despidos sin justa causa y la estabilidad laboral reforzada.

Expertos de la Organización Internacional del Trabajo, provenientes de Suiza, compartieron en la subcomisión de reforma pensional ante representantes de los gremios, de los trabajadores, del Gobierno Nacional y de expertos, un estudio comparativo del Análisis de la legislación y práctica nacional frente al Convenio No. 102, que establece los criterios mínimos para regímenes de seguridad social.

La oficial de la OIT, Maya Stern-Plaza Logal, señaló “hemos concentrado nuestro enfoque sobre los sistemas de pensiones de vejez, y los insumos preliminares muestran que hay todavía problemas de compatibilidad entre el régimen de pensiones tanto el de prima media, como el de la RAIS, que necesitarían unos cambios estructurales, con el fin de asegurar la suficiencia en la prestación”.

Por su parte, el especialista de la OIT, Pablo Casalí, agradeció la oportunidad de compartir en este espacio tripartito el informe preliminar sobre la brecha de compatibilidad entre la legislación nacional y los principios y orientaciones del Convenio No. 102, de la norma mínima de seguridad social.

Como puntos de referencia que constituyen las normas mínimas de protección social, se contemplaron la definición de la contingencia, personas protegidas, tipo y monto de las prestaciones, condiciones para tener derecho a las prestaciones, incluido el periodo de calificación y la duración de la prestación y el periodo de espera.

Así mismo, la contingencia, condición de acceso, cobertura mínima, la duración de la prestación y las características mínimas.

Tras la solicitud oficial por parte de la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, una misión especial de la OIT, llegó desde Ginebra, Suiza, para presentar las recomendaciones frente a las reformas pensional y laboral que adelanta el Gobierno Nacional.

Dentro de las principales recomendaciones que señala la Organización Internacional del Trabajo, en su informe, está la construcción de una reforma estructural al sistema de pensiones, para eliminar la inequidad y la competencia dentro del sistema.

Maya Stern Plaza, funcionaria de la OIT encargada de normas y legislación del Departamento de la Protección Social, explicó que desde la organización vienen trabajando un informe entre las normas mínimas de seguridad social que es el convenio 102 y la legislación y la práctica del sistema de seguridad social de Colombia, y han identificado las áreas donde existe conformidad y brechas, como las pensiones y el desempleo.

“Hemos destacado en el informe algunos puntos que podrían ser no alineados con los principios como podrían ser, la sostenibilidad del sistema, la previsibilidad de las pensiones, que sean suficientes, entonces cuando hay un sistema con una competición entre dos regímenes, pueden llevar a problemas de pobreza en la vejez que es lo que el informe intenta identificar y remediar, y además podrían ser insumos para la reforma pensional”, señalo, la funcionaria de la OIT.

La misión de la OIT insistió además en la implementación de un sistema de pilares que beneficie a los adultos mayores que no tienen acceso a una pensión y así generar mayor cobertura.

“Queremos dar unas pautas para crear sistemas integrales de seguridad social, que cubrirían tanto a las personas que tienen capacidad de cotización como personas que no tienen esa capacidad y por lo tanto también habla de cómo se podría integrar un sistema de protección social dentro de un mecanismo de seguridad social, entonces todo esto se alinea con las normas internacionales”, dijo, Stern Plaza.

La Ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, agradeció la disponibilidad de la Organización Internacional del Trabajo, para compartir la investigación y sus recomendaciones frente a las reformas laboral y pensional.

“Una de las conclusiones a las que se ha llegado, es que tal y como está nuestro sistema pensional es un sistema que no es sostenible en el tiempo y sobre todo porque tenemos dos regímenes que son asimétricos y desde luego que no están cumpliendo con la función para la que fueron creadas que es pensionar al mayor número de colombianos y colombianas, la propuesta entonces es rectificar, es alinear y sobre esa base vamos a avanzar en el convenio 102 de la OIT y trabajaremos para que la reforma que estamos construyendo sea la mejor para el país”, afirmó, la Ministra.

El Convenio 102 de la OIT, define las 9 ramas de la seguridad social: asistencia médica, prestaciones monetarias por enfermedad, prestaciones de desempleo, de vejez, en caso de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, familiares, de invalidez y de sobrevivientes. Hasta el momento Colombia es uno de los pocos países de la región que no lo ha ratificado.

El próximo 13 de febrero la misión de la OIT presentará las recomendaciones ante la subcomisión tripartita, es decir, gremios de la producción, centrales obreras y entidades del Gobierno que construyen el proyecto de ley de la reforma pensional.

La subcomisión de la reforma laboral continuó con el diálogo tripartito, avanzando en la presentación por parte del Gobierno del Cambio, donde se definieron los 18 temas que serán el eje central para la discusión técnica y presentación del proyecto de ley, que se radicará en el Congreso de la República el próximo 16 de marzo.

“La propuesta de la reforma presentada por el gobierno consta de 18 temas entre los que se destacan los principios laborales y constitucionales, estabilidad laboral y modalidades de contratos, tercerización, subcontratación y unidad de empresa, control de uso de contrato de prestación de servicios, contrato de aprendizaje, dominicales y festivos, jornada nocturna, automatización, descarbonización, trabajo en plataformas digitales, trabajo rural, informal, sexual y migrante, equidad y reducción de brechas, asociación sindical, negociación colectiva y huelga”, explicó la Ministra con funciones delegatarias, Gloria Inés Ramírez.

También se socializó la circular 003 de 2023, expedida por el Ministerio del Trabajo, que impulsa la participación activa de los integrantes de las Subcomisiones Departamentales de la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales. Los insumos técnicos que se trabajen serán trasladados a la Subcomisión para la Reforma Laboral como parte del compromiso del trabajo tripartito de concertación.

El documento aclara las actividades que se desarrollarán, así como la designación de sus delegados por sector, la solicitud, consolidación y remisión de la propuesta, y las prioridades de la reforma que desarrollará los principios del artículo 53 de la Constitución Política de Colombia- Estatuto del Trabajo.

Así mismo, se presentó el cronograma para el primer trimestre de 2023, y se deja abierto para que puedan ser convocados otros sectores y organizaciones que enriquezcan las propuestas.

El Ministerio del Trabajo en alianza con la OIT realizará encuentros territoriales, los que irán hasta el 3 de febrero sobre los temas más representativos de la agenda laboral, entre los que se destacan el trabajo en plataformas digitales y el trabajo rural, entre otros.

En el encuentro presidido por el viceministro de Relaciones Laborales e Inspección, Edwin Palma Egea y el director de Derechos Fundamentales y secretario Técnico de la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales, Nicolás Escandón, participaron delegados de los gremios y de las organizaciones sindicales.

La ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, el director de la OIT para los Países Andinos, Ítalo Cardona y la jefe de asuntos ambientales del Ministerio de Minas y Energía, Luz Dary Carmona, firmaron el “Pacto por la Justicia Ambiental, Empleos Verdes y la Transición Justa”.

La alianza busca aunar esfuerzos en cuatro vías: el desarrollo de nuevas capacidades laborales y la adaptación del sector productivo para afrontar los retos del crecimiento verde; el cumplimiento de los compromisos internacionales y nacionales sobre cambio climático; fortalecer las instancias de diálogo social tripartito para avanzar en la materia y afianzar los servicios de gestión y colocación de empleo verde.

La iniciativa es liderada por el Ministerio del Trabajo en articulación con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible y el Ministerio de Minas y Energía y contará con la cooperación técnica de la Organización Internacional del Trabajo, agencia de la ONU.

La titular de la cartera laboral, señaló: “La Justicia ambiental es uno de los pilares del Gobierno del Cambio, por eso aplaudimos y nos comprometemos con esta iniciativa, que hoy es parte fundamental en la generación de nuevos empleos sostenibles, dignos y decentes”.

“El crecimiento económico y la generación de empleo no pueden ser opuestos a la preservación del medio ambiente. La transición justa debe permitir a las industrias, empresas y millones de trabajadores virar hacia empleos más verdes por eso, a través de este pacto, la OIT reafirma su compromiso con este esfuerzo en el que acompaña al gobierno nacional, empleadores y trabajadores de Colombia", afirmó Ítalo Cardona, director de la OIT para los Países Andinos.

En el marco de este encuentro se hizo el lanzamiento del curso de autoformación “Hacia una estrategia de transición justa con empleos verdes en Colombia”, dirigido a todos los actores del mundo del trabajo, el cual certificará la OIT y por el Ministerio del Trabajo.

En sesión conjunta de las subcomisiones de asuntos internacionales y de género, que contó con la participación de la directora del DANE, Piedad Urdinola, se acordó llevar la discusión para ratificar el Convenio 190, a la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Salariales y Laborales.

El Convenio de la Organización Internacional del Trabajo, OIT, recoge la normatividad sobre violencia y acoso laboral en el trabajo, una de las principales apuestas del Gobierno del Cambio, para lo cual desde el Ministerio del Trabajo se adelantan estrategias que cuentan con el apoyo de los gremios y de las centrales sindicales.

Urdinola Contreras presentó el informe: “Mujeres y hombres: brechas de género en Colombia y señaló: “Esperamos que todas estas cifras sirvan para visibilizar las brechas que existen en el mercado laboral y que además se puedan llegar a temas tan importante como buscar una hoja de ruta y el seguimiento a las cifras que son relevantes en el tema del mercado laboral”.

Se concluyó que las mujeres reciben menores ingresos que los hombres, la brecha salarial de género ha disminuido de 18,2% en 2013 a 5,8% en 2020.

En el 2020, por cada $100 que recibió un hombre por su trabajo, las mujeres recibieron $94,2.

En 2020, el 39,1% de las mujeres y 16,7% de hombres de 15 años y más que no estaban estudiando, no tenían ingresos propios. Esto representa una brecha de 22,4 puntos porcentuales en contra de las mujeres. Por cada 100 hombres en condición de pobreza monetaria, había 114 mujeres.

El Gobierno de Colombia no es llamado a rendir explicaciones en la Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia Internacional del Trabajo de la OIT.

En reunión 110 de la Conferencia Internacional del Trabajo que se celebra en Ginebra, Suiza, la Comisión de Aplicación de Normas adoptó la lista de países llamados a presentar informaciones sobre la aplicación de Convenios de la OIT.

Colombia no ha sido incluida en la lista de 22 países que son llamados de manera individual a rendir informes por las observaciones realizadas con base en el Informe de la Comisión de Expertos en Aplicación de Convenios y Recomendaciones.

Esta comisión es un órgano de control de la Conferencia Internacional del Trabajo, de composición tripartita, en donde representantes de los gobiernos, empresarios y trabajadores se reúnen una vez por año para analizar las medidas adoptadas por los gobiernos para dar efecto a los convenios que hayan ratificado.

El Gobierno sabe que existen grandes retos en los cuales se debe continuar avanzando, como el de la lucha contra la impunidad y la violencia que afecta a los trabajadores. Para ello continuará trabajando conjuntamente con los actores sociales y con el acompañamiento de la OIT.

Colombia demostró que avanza en la negociación colectiva del sector público y progresos contundentes en las investigaciones y conciliaciones por actos para garantizar el derecho de asociación.

También resaltó el apoyo de la OIT para avanzar en unión con la asistencia de la oficina para superar algunas dificultades como la multiafiliación y llegar a acuerdos tripartitos.

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Colombia no fue incluida en la lista definitiva de la Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia Internacional del Trabajo de la OIT sobre trabajo forzoso y trata de personas, anunció desde este país europeo donde se encuentra, la titular de la cartera laboral, Alicia Arango Olmos. “Ello implica que el país no fue llamado a rendir informes en La Conferencia Internacional del Trabajo” que se celebra del 10 al 21 de junio en esta ciudad suiza y que reúne a delegados tripartitos de 187 países, explicó la Ministra.

 

La Comisión de Aplicación de Normas de la Conferencia es un órgano tripartito, compuesto por gobiernos, trabajadores y empleadores que selecciona a los Estados a través de sus representantes oficiales, quienes son invitados a responder ante este organismo respecto del cumplimiento de los convenios internacionales del Trabajo, ratificados por los gobiernos.

 

La selección de casos, se realiza de acuerdo con el informe anual de la Comisión de Expertos. En el caso de Colombia el informe se refiere al Convenio 29 sobre el trabajo forzoso.

 

“Este es un logro de Colombia, cuyo Gobierno viene trabajando de manera consistente y eficaz contra estos delitos, garantizando los derechos humanos y el empleo digno y decente”, destacó la ministra Arango Olmos.

 

En Colombia es considerado como delito penal el trabajo forzoso y está proscrito por la Constitución Política. “Para nuestro país la trata de personas es un fenómeno de naturaleza y efectos globales que deriva en flagrantes violaciones a los derechos humanos, razón por la cual, el Gobierno Nacional reafirma su total rechazo a este fenómeno delictivo y reitera su decidido compromiso de enfrentarlo de manera integral”, afirmó la jefa de la cartera laboral.

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