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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que personas o empresas no autorizadas por la Entidad, circulan en redes sociales y publicaron en la página web https://facturaenlinea.co/2019/02/14/listo-calendario-implementacion-la-dian/, una pieza denominada “CALENDARIO PARA LA IMPLEMENTACIÓN DE LA FACTURACIÓN ELECTRÓNICA".

 

Esta pieza, además de utilizar de forma indebida la marca DIAN, indica un calendario que no corresponde al proyecto de resolución publicado por la entidad en febrero pasado, “Por la cual se señalan los sujetos obligados a expedir factura electrónica de venta con validación previa a su expedición y se establece el calendario para su implementación", y cuyo calendario definitivo fue expedido a través de la Resolución 000020 del 26 de marzo de 2019.

 

La DIAN invitó a los obligados de expedir factura electrónica, a consultar siempre la información oficial dispuesta en el sitio https://www.dian.gov.co/fizcalizacioncontrol/herramienconsulta/FacturaElectronica/Paginas/default.aspx, o comunicarse con la Línea de Asistencia Telefónica 057 (1) 3556922.

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, precisó a los facturadores electrónicos, a los proveedores tecnológicos y a los sujetos que han recibido factura electrónica que, la misma se entiende emitida al momento en que se entrega al adquirente.

 

Si bien es cierto, la factura electrónica vigente en este momento (artículos 1.6.1.4. 1.1 al 1.6.1.4.1.21. del Decreto 1625 de 2016), debe ser enviada por el responsable a la administración tributaria dentro de las cuarenta y ocho (48) horas posteriores a su entrega.

 

Este procedimiento es una obligación que no afecta la validez de la factura previamente emitida, razón por la cual, los inconvenientes surgidos por el represamiento de las facturas enviadas a la entidad, no afectan de manera alguna la idoneidad que la factura electrónica posee en los términos del artículo 771-2 del Estatuto Tributario (Procedencia de costos, deducciones e impuestos descontables), siempre que sea emitida con el cumplimiento de los requisitos consagrados en la normatividad vigente.

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En desarrollo de las acciones de cobro a contribuyentes morosos, y de fiscalización enmarcadas en la jornada “Al día con la DIAN, le cumplo al país", la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN-, inició, entre los 1101 municipios del país, acciones contra 230 que adeudan al Estado colombiano $31.705 millones por ventas, retención, sanciones aduaneras y tributarias.

 

En consecuencia, la entidad inició las acciones correspondientes como medidas cautelares de bienes a los municipios deudores, quienes, a pesar de los diferentes llamados a ponerse al día, continúan en mora, con excepción de las medidas contempladas en el artículo 594 del Código General del Proceso.

 

El municipio que más adeuda a la entidad se encuentra ubicado en el departamento del Atlántico con 23 obligaciones en cuantía de $2.941 millones.

 

Por otro lado, se remitieron a la unidad penal 2.392 insumos de contribuyentes en mora por obligaciones de Impuesto Sobre las Ventas, Impuesto al Consumo y Retención en la Fuente, para que se inicien las medidas cautelares correspondientes por el delito de omisión al agente retenedor y recaudador.

 

Sumado a lo anterior, la DIAN tomó en administración 303 bienes de propiedad de morosos que adeudan a la entidad $20.668 millones. También se efectuaron 91 avalúos de bienes de morosos que adeudan $35.210 millones. Vale la pena recordar que, de no ponerse al día, pueden llegar hasta el remate de estos bienes.

 

En materia de fiscalización, fueron visitados 373 contribuyentes comercializadores de cervezas y gaseosas, a quienes se les orientó, acerca de su nueva obligación tributaria respecto del Impuesto Sobre las Ventas a raíz de la reciente modificación contenida en la Ley de Financiamiento, que establece como gravados dichos productos en todas las etapas de su producción y comercialización. También les fueron entregadas indicaciones con respecto a la obligación de actualizar el RUT como responsables del IVA, solicitar autorización de numeración de facturación, y facturar y cobrar el impuesto cuando se comercialicen estos productos.

 

Igualmente, se iniciaron procesos de reclasificación de no responsables a responsables del IVA, cuando se detectó la utilización de formas de abuso o prácticas indebidas para eludir la responsabilidad.

 

Por otra parte, en su ofensiva contra el contrabando, la entidad ha realizado en lo corrido del año aprehensiones por valor de $15.054 millones, destacando en marzo las acciones de control para salvaguardar los sectores de confecciones y calzado con la aprehensión de mercancía por $12.000 millones en ciudades como: Bogotá, Medellín, Barranquilla y Cali.

 

Gestión Primer Bimestre
Es importante resaltar que, durante el primer bimestre del año se han adelantado 18.796 acciones de cobro, como: embargo de sumas de dinero y visitas de investigación de bienes. De igual forma, se han efectuado 1.286 visitas de control a contribuyentes del sector de la construcción, profesionales de la cirugía estética y tratamientos de belleza y a responsables de retención en la fuente que tenían declaraciones marcadas como ineficaces, logrando la presentación de alrededor de 250 declaraciones.

 

Como resultado de las acciones conjuntas de cobranzas y fiscalización, durante el primer bimestre del año se recaudó la suma de $1.7 billones, por concepto de gestión.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, recordó a las más de 50.000 Entidades Sin Ánimo de Lucro – ESAL calificadas o que cumplieron con el requisito de permanencia y organizaciones del sector solidario, señaladas en el artículo 19-4 del Estatuto tributario, que pueden realizar la Actualización del Registro Web para continuar perteneciendo al Régimen Tributario Especial – RTE, para el año 2019.

 

Para efectuar el trámite de actualización, el contribuyente debe registrarse como usuario en el Portal www.dian.gov.co y seleccionar el servicio SIE Régimen Tributario Especial, dentro de los plazos establecidos de acuerdo con el último dígito del Número de Identificación Tributaria (NIT), que ocurren entre el 22 y el 29 de marzo de 2019.

 

El año anterior, 27.633 entidades u organizaciones presentaron solicitud de permanencia, 2.314 presentaron solicitud de calificación de las cuales la DIAN autorizó 958 y fueron negadas 1.356. Además, 22.188 entidades del Sector Cooperativo deben adelantar proceso de actualización del registro web.

 

La DIAN también hace el llamado a los contribuyentes que no presentaron solicitud de permanencia y que en el año 2018 se encontraban clasificados en el RUT con la responsabilidad 04, para que verifiquen su situación, ya que la entidad, de oficio, los excluyó del Régimen Tributario Especial y los clasificó en la responsabilidad No. 05 “Impuesto Sobre la Renta y Complementarios. Régimen Ordinario".

 

Si estas entidades deciden pertenecer al RTE por el año gravable 2019, deben presentar la solicitud de calificación, para lo cual previamente deben actualizar el RUT en la responsabilidad 05, y revisar el Decreto reglamentario 2150 de 2017 y el Manual de Usuario del SIE-RTE, en: https://www.dian.gov.co/impuestos/sociedades/ESAL/Herramientas/Paginas/default.aspx

 

Igualmente, las entidades señaladas en el artículo 19-4 del Estatuto Tributario (Sector solidario), deben revisar previamente la responsabilidad registrada en su RUT, en la sección “Responsabilidades, Calidades y Atributos", y en caso de estar clasificadas en la responsabilidad 05, el representante legal debe acercarse a la DIAN y actualizar la responsabilidad a la “04- Impuesto sobre la Renta y Complementarios Régimen Tributario Especial", presentando los documentos que las acrediten como contribuyente del artículo 19-4 del E.T.

 

Para estos y otro tipo de contribuyentes, la DIAN dispuso de un documento guía, publicado en su Portal www.dian.gov.co, en el que podrán verificar cuál es el trámite a seguir, según el caso en particular.

Para mayor información, ingrese a https://www.dian.gov.co/impuestos/sociedades/ESAL/Paginas/default.aspx, o comuníquese al Contact Center 057 (1) 3556922 de lunes a viernes de 6:00 a. m. a 8:00 p. m. y sábados de 8:00 a. m. a 2:00 p. m.

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Durante todo el trabajo de identificación de factores, para optimizar las oportunidades de negocio en el distrito capital y la región, desarrollado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, y la Cámara de Comercio de Bogotá, se redujo a cuatro horas el proceso para la creación de sociedades comerciales.

 

Los esfuerzos entre las dos entidades permiten una mayor facilidad del proceso de inscripción en el Registro Mercantil que está ligado a la inscripción en el Registro Único Tributario, RUT, como un primero paso para formalizar a las empresas del país.

 

“La Entidad, como aliada de los empresarios, está comprometida con el emprendimiento, la sostenibilidad y la innovación empresarial para lograr una Bogotá-Región competitiva, con más y mejores empresas. Nuestra apuesta es seguir trabajando para reducir tiempos y pasos que facilite el proceso de creación de empresa, y permita seguir posicionando a Bogotá como una ciudad que promueve la inversión y genera un ambiente propicio para hacer negocios”, destacó Mónica de Greiff, presidente ejecutiva de la CCB.

 

Agregó que la disposición y compromiso de la DIAN para lograr la reducción de tiempos ha sido fundamental y recordó que la Cámara de Comercio de Bogotá viene participando activamente en el fortalecimiento de la Ventanilla Única Empresarial (VUE), como la estrategia del Ministerio de Industria Comercio y Turismo (MINCIT) para promover y facilitar el emprendimiento. Esta articulación está encaminada a simplificar y reducir los tiempos asociados a los trámites mercantiles, tributarios y de seguridad social que hacen parte del proceso de formalización empresarial.

 

José Andrés Romero Tarazona, director general de la DIAN, indicó que "la Entidad se encuentra comprometida con los emprendedores del país, para reducir la carga regulatoria, impulsar la formalidad y facilitar el cumplimiento de sus obligaciones. A esto también le apunta la Ley de Financiamiento con la creación del Régimen de Tributación SIMPLE como mecanismo que contribuye a la formalización empresarial y disminución de cargas tributarias para el contribuyente lo que redundará en efectos positivos para la economía del país".

 

Ratificó además el compromiso de la DIAN con los emprendedores del país, para impulsar la formalidad y facilitar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, publicó el proyecto de Resolución por el cual se modifica parcialmente la Resolución 000070 de 2016, referente a la reglamentación de la firma electrónica.

 

Por lo anterior, la entidad recibirá comentarios, observaciones y sugerencias sobre el proyecto de resolución hasta el 18 de marzo de 2019, a través del siguiente buzón: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.">

 

Para conocer el proyecto de resolución, haga clic aquí.

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En febrero, el recaudo bruto de los impuestos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, alcanzó la cifra de $9,1 billones, lo que indica un crecimiento del 14.5%, en relación con el mismo período de 2018, cuando se registró la cifra de $7,9 billones.

 

Este comportamiento se explica principalmente por el desempeño del recaudo de Retención en la Fuente a título de renta, que alcanzó la suma de $3,43 billones, representando un incremento de 13.2% en relación con 2018, y una contribución a la variación de 5.0%.

 

Similar comportamiento presentó el recaudo del Impuesto de Renta y Complementarios, con una variación de 19.5% pasando de $1,76 billones en 2018 a $2,1 billones en 2.019, contribuyendo a la variación en 4.3 puntos, lo que significa que, de los 14.5% de crecimiento en febrero, el recaudo por renta aportó 4.3%.

 

De otra parte, se destaca que el 83.2% del recaudo bruto del mes de febrero se concentró en tres conceptos, la Retención en la Fuente a título de renta 37.7%, el Impuesto de Renta con el 23.1%, y los tributos aduaneros con el 22.4% de participación.

 

Enero – febrero
En el primer bimestre de 2019, el recaudo bruto acumulado de los impuestos administrados por la DIAN fue de $26,30 billones, creciendo 9.1% en relación con el mismo período de 2018, en el que se lograron ingresos por $24,1 billones. El recaudo por Retención en la Fuente a título de renta se constituyó en el de mejor comportamiento en el período observado, mostrando un incremento de 7.7%, al pasar de $8,34 billones en 2018 a $8,99 billones en 2019 y una contribución de 2.7% a la variación.

 

En el mismo sentido se comportó el recaudo derivado de los tributos aduaneros, que en el período observado representó ingresos por $4,01 billones, que comparado frente al mismo período de 2018 muestra un crecimiento de 18.9% y una contribución a la variación de 2.6 puntos porcentuales.

 

Recaudo por Gestión
En la última semana de febrero se adelantó la segunda jornada “Al día con la DIAN le cumplo al país", en cuyo desarrollo se efectuaron 7.909 acciones consistentes en embargos de sumas de dinero e investigación de bienes. Dentro de los deudores cobijados por estas medidas se encontraban 1.129 proveedores de bienes y servicios del Estado, que presentaban deudas con la DIAN en cerca de $757.000 millones.

 

Las acciones de control adelantadas coadyuvaron para que a 28 de febrero se alcanzará un recaudo por gestión de $1,74 billones.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, emitió el 27 de febrero de 2019, el concepto relacionado con el Documento Equivalente POS, como documento soporte para solicitar costos y deducciones en el Impuesto sobre la Renta e impuesto descontable en el Impuesto sobre las Ventas.

 

En el Concepto del 27 de febrero de 2019, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN, considero que: “conforme lo dispuesto en el parágrafo transitorio del artículo 16 de la Ley 1943 de 2018, dado que a la fecha aún no se ha expedido decreto reglamentario, se siguen las disposiciones que regulan la materia antes de la entrada en vigencia de la Ley 1943 de 2018. Esto significa que hoy, el documento equivalente POS tiene plena validez para solicitar costos y deducciones en el Impuestos sobre la Renta, lo mismo que Impuestos descontables en el Impuestos sobre las Ventas, y será así hasta tanto se reglamente la materia; sin perjuicio de la facultad fiscalizadora de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales".

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Miércoles, 27 Febrero 2019 19:25

Comenzó proceso de transformación de la DIAN

Cuatro pilares estratégicos son la hoja de ruta para el plan de transformación de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, para una Colombia Honesta, presentado por el director general de la entidad, José Andrés Romero Tarazona.

 

El primero de ellos, tiene que ver con la Transformación del Talento Humano, el año pasado, después de una convocatoria donde se recepcionaron 48 mil hojas de vida, logramos vincular 796 funcionarios, con un riguroso proceso en el que se tenían que surtir pruebas técnicas que garantizaran su idoneidad.

 

El segundo, la Transformación Tecnológica, para que la DIAN sea una entidad moderna, innovadora, a la vanguardia de la tecnología, lo que permitirá dar respuestas efectivas y eficaces a las necesidades de nuestros grupos de interés.

 

Cercanía con el Ciudadano, es el tercer pilar con el que la DIAN busca ser una entidad empática, que responda a las necesidades reales del ciudadano, que facilite el entendimiento y cumplimiento de las obligaciones de nuestros contribuyentes y usuarios aduaneros.

 

El cuarto de los pilares, tiene que ver con la Legitimidad, para apoyar la consolidación de Colombia como un país emprendedor, justo y equitativo.

 

El director general, informó que, desde su llegada la entidad mantiene la política de Agradecer a los que contribuyen, Señalar a los que no lo hacen e Invitar a los colombianos a que cumplan y se formalicen. “Creemos que la DIAN es sin duda una de las entidades que tiene mayor impacto en el cambio de la cultura de los colombianos. Sin duda los países que quieren evolucionar son los que avanzan en temas como la formalidad, la transparencia y la honestidad. Es un tema que involucra a todos los actores de la economía del país, a cada uno de los colombianos, para que puedan entender que ser formal paga".

 

Señaló también que “el proyecto de Factura Electrónica tiene mucho que ver con este objetivo. Así contribuimos a construir una Colombia más honesta, más formal, para tener una economía más dinámica mucho más transparente frente al cumplimiento de las obligaciones tributarias".

 

El Régimen Simple, es otro de los proyectos que va de la mano de la transformación, porque es sin duda el que le apuesta a la formalización de la economía, pero también a la facilitación.

 

En cuanto a la Modernización de la Aduana, considerando que el sistema Muisca no entrega información estructurada y que terminar la herramienta se demoraría más de 3 años, la Dian implementará un plan de acción donde se crea un grupo élite para el diseño de un plan de emergencia, buscando la funcionalidad del sistema con miras a la facilitación del comercio.

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, en desarrollo de la jornada “Al día con la DIAN, le cumplo al país", efectuó en febrero 7.909 embargos de sumas de dinero e investigación de bienes a contribuyentes morosos, entre lo que se encuentran 1.129 proveedores de bienes y servicios del Estado, que adeudan a la entidad cerca de $757 mil millones.

 

Adicionalmente, fueron enviadas comunicaciones a contribuyentes en mora con sus obligaciones por concepto de Impuesto a las Ventas, Impuesto al Consumo y Retención en la Fuente, advirtiéndoles que, de no ponerse al día, se procederá a remitir los insumos para denuncia penal por el delito de omisión al agente retenedor y recaudador.

 

Así mismo, la administración tributaria advierte a los contribuyentes que han sido objeto de procesos de determinación y discusión, es decir, quienes presentan inexactitudes en sus declaraciones, o no cumplieron con el deber de declarar estando obligados, y que se encuentran en mora, que, de no ponerse al día, se decretarán medidas cautelares que pueden llegar hasta el remate de los bienes de su propiedad.

 

En materia de fiscalización, fueron visitados 373 contribuyentes entre prestadores de servicios de cirugía estética y tratamientos de belleza, a quienes se les informó y orientó, acerca de su nueva obligación tributaria respecto del Impuesto a las Ventas, a raíz de la reciente modificación contenida en la Ley de Financiamiento, que establece como gravados dichos servicios. También les fueron entregadas indicaciones con respecto a la obligación de actualizar el RUT como responsables del IVA, solicitar autorización de numeración de facturación, y facturar y cobrar el impuesto cuando se preste el servicio gravado.

 

Sumado a lo anterior, se llevó a cabo el control a los proveedores de mezclas de concreto, para verificar la correcta determinación de la base gravable y calcular el IVA facturado.

 

Gestión Enero
Es importante resaltar que, durante la jornada adelantada en enero, se efectuaron 10.887 visitas de investigación de bienes a contribuyentes morosos, de los cuales 6.780 fueron objeto de embargo a sumas de dinero durante el mes de febrero por no atender el llamado a ponerse al día con sus obligaciones fiscales; también se efectuaron 369 visitas a responsables de retención en la fuente que tenían declaraciones marcadas como ineficaces, logrando la presentación de alrededor de 250 declaraciones.

 

Como resultado de las acciones conjuntas de cobranzas y fiscalización, durante el primer mes del año se recaudó la suma de $1 Billón, por concepto de gestión.

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