Viernes, 09 Febrero 2018 07:58

Algunos trámites ante DIAN tendrán que ser con radicación

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La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, informó que a partir del 01 de marzo de 2018 las Personas Jurídicas que tramiten Solicitudes Especiales, deberán hacer la radicación para los siguientes conceptos a través de www.dian.gov.co, haciendo uso del Instrumento de Firma Electrónica:

 

Cese de Actividades Impuesto sobre las Ventas - IVA:
Tenga en cuenta que:

  • Una vez creada la solicitud a través de la WEB, el cliente deberá allegar dentro de los cinco (05) días siguientes, por correo certi¬cado a la División de Asistencia al Cliente de la Dirección Seccional de su jurisdicción, los documentos soportes necesarios para veri¬cación y estado de la solicitud.
  • Sí usted NO realiza ninguna actividad gravada con el Impuesto a las Ventas - IVA, puede radicar una solicitud especial solicitando el cese de esta responsabilidad, previo cumplimiento de requisitos.

 

Cancelación de la Inscripción en el Registro Único Tributario - RUT

  • De personas Jurídicas y asimiladas procede cuando se modifique su estado (liquide, fusione o escinda, absorba).
  • De personas Naturales en caso de fallecimiento. (Sucesiones Ilíquidas)
  • De personas Naturales en caso de cambio de género (Cancelación del documento de identificación).
  • Por finalización del contrato de consorcio o unión temporal o cualquier otro de colaboración empresarial.
  • Por la cancelación de la inversión en Colombia o cambio de titular de la inversión.
  • Por el cese de actividades en Colombia de las Sociedades, Entidades extranjeras y Personas naturales que realicen operaciones a través de Establecimientos Permanentes.

 

Tenga en cuenta que:

  • Una vez creada la solicitud a través de la WEB, el cliente deberá allegar dentro de los cinco (05) días siguientes, por correo certificado a la División de Asistencia al Cliente de la Dirección Seccional de su jurisdicción, los documentos soportes necesarios para verificación y estado de la solicitud.
  • Antes de radicar la solicitud, el RUT debe estar debidamente actualizado (Dirección, correo electrónico, teléfonos, estado de la sociedad, representación legal, ente otros) ya que una vez se radique, no es posible realizar modificaciones.
  • Debe estar al día en la presentación y pago de sus obligaciones.
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