La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha encontrado que cerca de 28.000 contribuyentes que están en el Régimen Simple de Tributación (RST) no han cumplido con las obligaciones que este exige.

Por eso, la entidad hace un llamado a los contribuyentes que se encuentran inscritos en el RST y que superaron los 100.000 UVT de ingresos brutos en 2023 y años anteriores, para que actualicen su Registro Único Tributario (RUT) y cambien la responsabilidad 47 que representa el Régimen Simple de Tributación por la que haya lugar, según la actividad económica que desarrollen. Ver paso a paso

Para ello, la entidad dispuso de una breve encuesta en su Portal Web (www.dian.gov.co o https://cutt.ly/TwOScSzK) con la que los interesados podrán verificar si deben permanecer en el RST. Al responder las preguntas, el sistema les informará si deben cambiar la responsabilidad 47 en el RUT, actualización que podrán hacer entre el 1 y el 30 de enero de 2024, de manera virtual, a través de la plataforma tecnológica de la entidad.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN, concluyó el año 2023 con 355 sanciones de cierre a establecimientos comerciales en todo el país, debido a irregularidades o incumplimientos en el proceso de facturación. Del total, aproximadamente el 25% de las sanciones tuvieron lugar en la capital del país, específicamente en diversos sectores comerciales, locales en centros comerciales y grandes superficies.

Es importante destacar que, durante las visitas realizadas en 2023 en todo el país, se constató que algunos establecimientos presentaron sistemáticamente irregularidades en el proceso de facturación, mientras que otros, obligados por ley, no emitían facturas electrónicas conforme a lo estipulado en los artículos 615, 616-1 y 617 del Estatuto Tributario (ET). Por otro lado, la DIAN destaca que, cada vez más, muchas empresas están cumpliendo con la expedición de la factura electrónica.

Las sanciones relacionadas con la facturación son aplicadas por la DIAN en estricto apego al debido proceso, respetando cada una de las etapas establecidas en el Estatuto Tributario. Estas etapas son:

Visita de control. Inicialmente, la DIAN realiza una visita, para verificar que el establecimiento esté expidiendo factura electrónica, cuando corresponda, y cumpliendo con todos los requisitos de ley. (Artículo 653 del ET).

Pliego de cargos. En caso de detectar posibles irregularidades o incumplimientos, la DIAN formula un pliego de cargos, sobre el cual el establecimiento puede responder exponiendo los motivos ante el posible incumplimiento, y dando las explicaciones necesarias. Para lo cual, el obligado a facturar tiene un plazo de 10 días hábiles.

Análisis y descargos. Posteriormente, la DIAN, basada en evidencias y en las explicaciones proporcionadas, puede descartar (en caso tal, el proceso llega hasta este punto) o confirmar la sanción de cierre del establecimiento. Esta etapa, según la ley, no debe exceder los seis (6) meses.

Resolución y sanción. Si los cargos se confirman, la DIAN emite una resolución sancionando al establecimiento con un cierre de tres días. En este punto, también se conceden otros 10 días hábiles para interponer un recurso de reposición, con el fin de que la sanción sea reconsiderada.

Recurso y fallo. El Estatuto Tributario establece que el recurso debe ser analizado y resuelto en un máximo de 10 días hábiles. En caso de confirmarse la sanción, el cierre debe ejecutarse en los siguientes 10 días hábiles.

Asimismo, el Estatuto Tributario también contempla que, en todo momento, el establecimiento que está incumpliendo con los requisitos de facturación puede acogerse al pago de una multa para evitar los tres días de cierre. La multa, dependiendo del hecho sancionable, se impondrá sobre los ingresos brutos operacionales del contribuyente en el mes anterior a la visita que originó el proceso, según el artículo 657 del ET.

La DIAN reitera que las sanciones de cierre no ocurren de manera deliberada. Al contrario, son el resultado de una serie de etapas y tiempos establecidos que la entidad cursa con riguroso sustento jurídico y probatorio.

El Departamento de Planeación Nacional emitió el Decreto 2311 del 30 de diciembre de 2023, por el cual se sustituye el Capítulo 1 del Título 10 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1082 de 2015, con el propósito de terminar los porcentajes de incremento de los avalúos catastrales para la vigencia de 2024.

Para conocer el Decreto 2311, haga clic aquí.

El Ministerio de Transporte publicó el Decreto 2287 del 29 de diciembre de 2023, por medio del cual se establecen instrucciones para el incremento gradual de las tarifas de peaje a vehículos que transiten por el territorio nacional por las estaciones de peaje a cargo del Instituto Nacional de Vías (INVÍAS) y de la Agencia Nacional de Infraestructura (AN/) y se dictan otras disposiciones.

Para conocer el Decreto 2287, haga clic aquí.

A través del Decreto 2277 del 29 de diciembre de 2023, el Ministerio de Hacienda reglamenta los artículos 130 de la Ley 633 de 2000 y 94 de la Ley 2277 de 2022 y se adicionan los artículos 1.3.1.12.26. 1.3.1.12.27. 1.3.1.12.28. 1.3.1.12.29. 1.3.1.12.30.1.3.1.12.31 Y 1.3.1.12.32 al Capítulo 12 del Título 1 de la Parte 3 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, en relación con la exclusión de impuesto sobre las ventas -IVA y aranceles de importación en la adquisición e importación de equipos, elementos e insumos que se destinen a la construcción, instalación, montaje, dotación y operación del Sistema Nacional Carcelario y la exclusión del impuesto sobre las ventas -IVA para productos que se elaboren, preparen, confeccionen y produzcan al interior de los establecimientos de reclusión.

Para conocer el Decreto 2277, haga clic aquí.

El Ministerio de Comercio, a través del Decreto 2266 del 29 de diciembre de 2023, modifica parcialmente el Arancel de Aduanas y se corrige unos errores formales en el Decreto 1881 de 2021.

Para conocer el Decreto 2266, haga clic aquí.

El Ministerio del Trabajo publicó el Decreto 2292 del 29 de diciembre de 2023, por el cual se fija el salario mínimo mensual legal vigente para 2024.

Para conocer el Decreto 2292, haga clic aquí.

El Ministerio del Trabajo emitió el Decreto 2293 del 29 de diciembre de 2023, por el cual se fija el auxilio de transporte vigente para 2024.

Para conocer el Decreto 2293, haga clic aquí.

“El Gobierno Nacional decreta un incremento del salario mínimo para 2024 a un monto de 1 millón 300 mil pesos, es decir, un aumento aproximado del 12 por ciento, y un incremento al auxilio del transporte a 162 mil pesos, el cual corresponde aproximadamente a un 15 por ciento en relación con la cifra acordada para el año 2023”.

Así lo anunció la ministra del Trabajo, Gloria Inés Ramírez, durante una rueda de prensa ofrecida conjuntamente con el presidente Gustavo Petro Urrego en el Aeropuerto Militar de Catam en Bogotá.

De acuerdo con el presidente Petro, “dos millones y medio de familias vulnerables obtienen un beneficio neto con este decreto del gobierno, y seguramente millones de familias más podrán ser arrastradas a un mejor nivel de vida gracias a este decreto” de aumento del salario mínimo y el auxilio de transporte para 2024.

Destacó que aunque el incremento se tomó mediante decreto, “no estuvo muy distante el punto de vista del empresariado, en su mayoría agremiado, con excepción de Fenalco, de la posición de los trabajadores”, ya que “fueron solo 0.5 décimas de distancia”.

“Con un poco más de tiempo, quizás se hubiera llegado a la concertación, pero hay un límite legal que la ministra de Trabajo acaba de describir y, por tanto, el gobierno ha tomado su decisión”, sostuvo.

El jefe de Estado afirmó que la decisión del gobierno sobre salario mínimo para 2024 es “acercarnos a la posición trabajadora”, puesto que “hemos tomado una posición similar a la del movimiento obrero en Colombia, a la de las y los trabajadores”.

El presidente previó que en el 2024 habrá un crecimiento del salario real en términos del salario mínimo, lo cual significa que “el nivel de vida de los colombianos que están ligados al salario mínimo va a crecer”.

“En el año entrante creemos que la inflación va a bajar aún más. Ojalá se ubique en 6 – 5 puntos, ese es el objetivo, y aquí estamos aumentando el salario mínimo en cerca de 12 por ciento, un poquito más de 12 por ciento”, explicó.

El Gobierno, en el marco del CONFIS, encabezado por el Ministro de Hacienda y Crédito Público, Ricardo Bonilla y el Director del Departamento Nacional de Planeación, Jorge Iván González, aprobó el mayor cupo para el mecanismo de Obras por Impuestos, que permite que el sector empresarial pague hasta el 50% de sus impuestos en proyectos de inversión en municipios PDET (Programa de Desarrollo con Enfoque Territorial) y ZOMAC (Zonas más afectadas por el Conflicto).

El billón de pesos aprobado para la vigencia 2024, es el mayor cupo desde la creación de la implementación del mecanismo en 2018.

Entre el 2018 y el 2023 se han aprobado 297 proyectos por 2.1 billones de pesos beneficiando a 238 municipios y vinculando a 160 empresas. Los sectores con mayor inversión son infraestructura, transporte, educación, vivienda, ciudad y territorio, y energía.

Del total de proyectos aprobados entre el 2018 y el 2023, más de la mitad de las inversiones (1,1 billones de pesos) se logró en el primer año del Gobierno del Cambio con mayor número de proyectos (157) y mayor número de contribuyentes vinculados (108).

Para la 2024, el CONFIS dejó abierta la posibilidad de ampliar el cupo de un billón de pesos con el propósito de impulsar proyectos que aceleren la implementación del Plan Nacional de Desarrollo, “Colombia, potencia mundial de la vida” priorizando proyectos en: transición energética, vías terciarias e integración digital.

La aprobación del cupo de un billón de pesos para el mecanismo de Obras por Impuestos en 2024, demuestra la voluntad del Gobierno del Cambio de fortalecer este mecanismo para posibilitar la necesaria vinculación del sector privado en la construcción de paz, como parte esencial del gran acuerdo nacional propuesto por el presidente Gustavo Petro.

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