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El superintendente, Francisco Reyes Villamizar, participó en la primera reunión de 2018 del Grupo Especial de Seguimiento al Contrabando, donde se definió un plan de acción para identificar empresas que podrían estar involucradas en estos delitos.

 

El grupo está conformado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, DIAN; la Unidad de Información y Análisis Financiero, UIAF; la Policía Fiscal y Aduanera, POLFA; y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

 

La reunión también permitió revisar los primeros resultados del 2018. Entre el 1 y el 7 de enero, se produjeron 427 aprehensiones de mercancías de contrabando por $2.299 millones.

 

Sobre mercancías de textiles y confecciones, las autoridades hicieron 86 aprehensiones valoradas en $404, 6 millones. Un 60% de las mismas correspondió a acciones realizadas en Medellín y Bogotá.

 

Otro sector con resultados positivos fue el de plásticos con 58 acciones en Cali, Bogotá, Medellín, Ipiales, Riohacha y Valledupar. La mercancía aprehendida se avaluó en $673, 4 millones.

También hubo 34 acciones de la Polfa y la DIAN que afectaron a contrabandistas de calzado, con aprehensiones avaluadas en $90,1 millones.

 

Resultados 2017
Las acciones de las autoridades durante 2017 permitieron desmantelar 18 organizaciones (102 personas) dedicadas al contrabando y delitos conexos, y capturar a 685 personas sorprendidas en flagrancia.

 

El año pasado también se adelantaron 7 acciones de extinción de dominio que involucraron bienes avaluados en $293 mil millones.

 

Las principales ciudades donde se impactó a los grupos delincuenciales fueron Bogotá, Pereira, Cartagena, Barranquilla, Buenaventura, Villavicencio, Ipiales, Cúcuta, Puerto Carreño y Aguachica.

 

El total de aprehensiones de 2017 fue de 365 mil 109 millones de pesos en 47.726 acciones. Por sectores, los resultados fueron los siguientes:

  • Confecciones: 10.090 aprehensiones avaluadas en COP$ 83.468,5 millones.
  • Textiles: 152 aprehensiones avaluadas en COP$ 3.067, millones.
  • Calzado: 6.085 aprehensiones avaluadas en COP$ 37.389,9 millones.
  • Carne: 943 aprehensiones avaluadas en COP$ 2.304,7 millones.
  • Plásticos: 4.513 aprehensiones avaluadas en COP$ 37.126,3 millones.
  • Ganado: 141 aprehensiones avaluadas en COP$ 1.852 millones.
  • Licores: 2.061 aprehensiones avaluadas en COP$9.515,9 millones.

La Superintendencia de Sociedades anuncia el inicio de la segunda fase del proyecto de desmaterialización de títulos de depósitos judiciales que permitirá la transformación de los títulos físicos en electrónicos.

 

La nueva etapa comienza este 10 de enero y abarca a los procesos societarios llevados por Delegatura para los Procedimientos Mercantiles, así como a los procesos especiales adelantados ante Delegatura para los Procedimientos de Insolvencia.

 

Gracias a la transformación de los títulos judiciales, los trámites de conversión, fraccionamiento y pago, serán mucho más ágiles. Por otro lado, ya no será necesario el desplazamiento de los beneficiarios a las instalaciones de la entidad, pues bastará con acercarse al Banco Agrario de Colombia.

 

La primera etapa de este proyecto incluyó los procesos de reorganización, liquidación por adjudicación y validación de un acuerdo de reorganización extrajudicial.

 

La SuperSociedades informará oportunamente al público en general sobre el avance de implementación gradual para los demás procesos.

 

A partir de la puesta en marcha del proyecto no se expedirán nuevos títulos de depósito judicial en físico.

La Superintendencia de Sociedades alertó al público sobre los riesgos de llevar sus recursos hacia negocios que prometen grandes retornos y que están supuestamente relacionados con esquemas que se disfrazan de multinivel y de criptomonedas.

 

Tras diferentes quejas de ciudadanos, el organismo de control conoció de la promoción de negocios que invitan a entregar los recursos, con la promesa de recibir grandes dividendos ligados supuestamente a la valorización de aparentes monedas virtuales.

 

Frente a las inquietudes formuladas, el superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar, recomendó tener cuidado con esta clase promesas “porque las denominadas criptomonedas no son consideradas como una divisa, no tienen el respaldo de un país o de un banco central que pueda garantizar que allí hay una seguridad en la inversión”.

 

Reyes Villamizar agregó que incluso en determinados casos, cuando hay supuestos clubes de inversión y se ofrecen rendimientos fijos, se corre el riesgo de caer en esquemas de captación ilegal con las implicaciones civiles y penales del caso.

 

Sobre la invitación a invertir la prima de navidad en este tipo de esquemas, con la expectativa de obtener ganancias rápidas, Reyes Villamizar, hizo un llamado para que las personas no arriesguen sus ahorros ni comprometan su libertad.

 

El Superintendente Reyes fue enfático en señalar que "quien promueva por cualquier medio (incluidas las páginas web, redes sociales, aplicaciones y demás métodos promocionales electrónicos, físicos o de voz a voz) esquemas que den lugar a la captación masiva y habitual de recursos del público, será responsables penal y civilmente por sus actuaciones".

 

De igual forma hizo un llamado a la ciudadanía para que se abstenga de entregar sus recursos a empresas, esquemas, proyectos, supuestas sociedades mercantiles, filiales o sucursales extranjeras cuya actividad económica promovida sea inusual y prometa rendimientos desproporcionados, en particular cuando estas se anuncien a través de páginas web.

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En línea con la política de reducción y simplificación de trámites que impulsa el Gobierno Nacional, la Superintendencia de Sociedades anunció medidas para disminuir exigencias y facilitarles los negocios a los empresarios.

 

El organismo anunció la disminución de trámites para autorizar fusiones o división de empresas. A través de un acto administrativo, menos empresas requerirán autorización previa para fusionarse o escindirse, lo que permitirá agilizar los trámites de reorganización empresarial.

 

El Superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar, afirmó que "el objetivo es simplificar trámites. Esta medida también implicará importantes ahorros de tiempo a los empresarios, hasta de dos meses, para quienes son sujetos de tramitar los mencionados permisos para fusionarse".

 

Menos empresarios deberán presentar estados financieros
Adicionalmente con estas medidas de simplificación, cerca de 5 mil empresarios no estarán obligados a presentar sus estados financieros. La disminución en el número de sociedades inspeccionadas, que tradicionalmente venían enviando su información financiera a la entidad, se hizo en virtud de que no representan ningún riesgo especial por su actividad o valor de los activos o ingresos. En ese sentido, de la muestra se excluyeron las sociedades inspeccionadas con menor valor de activos o ingresos en el último periodo.

 

Lo que se busca es utilizar la muestra como una herramienta de supervisión que estadísticamente cubra un número representativo de empresas, pero que esté focalizada en riesgos y no que funcione como un trámite de envío de información indiscriminada.

 

La SuperSociedades también anunció que habilitará la realización de más trámites a través de la página web www.supersociedades.gov.co. El objetivo es que, a partir de enero de 2018, los empresarios cuyas sociedades estén sujetas a vigilancia de la Superintendencia puedan presentar la constancia de pago de la contribución en línea.

 

También podrán solicitar acuerdos de pago, certificados, y pedir copias simples a través del sitio web oficial de la entidad. Reyes Villamizar agregó que "con esta virtualización de trámites ante la Superintendencia, también se reducirán costos y tiempos a los empresarios".

 

En cuanto a los procedimientos arbitrales, la Superintendencia de Sociedades habilitará en las próximas semanas mecanismos electrónicos, para ampliar las etapas procesales y se adaptarán los sistemas tecnológicos de la entidad para el seguimiento de los procesos de principio a fin.

 

Además con las medidas de simplificación y digitalización de trámites, queda abierta la posibilidad de adelantar los trámites arbitrales por medios electrónicos.

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Ante una serie comunicaciones que están llegando a diferentes empresarios, en las que se sugiere hacer consignaciones a determinadas cuentas con el fin de acceder a la información financiera de las compañías del sector real, que reportan sus estados financieros a la Superintendencia de Sociedades, esta entidad advierte:

 

La Superintendencia de Sociedades no ha autorizado a ninguna persona natural o jurídica para que utilice su marca, nombre o logo para recaudar dineros por concepto de contribuciones, multas, sanciones, publicaciones o eventos comerciales y mucho menos por el acceso a bases de datos con información financiera de las compañías que reportan a esta entidad.

 

La Superintendencia de Sociedades reitera que los datos y la información publicada en el Portal de Información Empresarial - PIE de la entidad, se considera de acceso público y los terceros podrán acceder a ella, utilizarla y transformarla sin restricciones de ninguna naturaleza y sin tener que pagar por dicha información.

 

La Superintendencia de Sociedades no requiere del pago de algún valor por el acceso a la información publicada en el Portal de Información Empresarial - PIE, razón por la cual el recaudo de recursos del público con el propósito de apoyar supuestos procesos de autorización para el uso de los datos ya publicados de forma gratuita por esta entidad, puede tener motivaciones de defraudación a terceros.

 

La Superintendencia de Sociedades recomienda a toda la ciudadanía abstenerse de realizar negociaciones telefónicas con personas que utilizan el nombre de esta entidad para beneficio propio.

 

La Superintendencia de Sociedades recuerda que cuando realiza alguna actividad o efectúa cobros, convoca directamente mediante oficio o correo electrónico y además dicha información es publicada en la página web.

 

La entidad hará saber a la ciudadanía a través de su página web www.supersociedades.gov.co sobre las contribuciones y cobros y las actividades académicas en las cuales se trabaje de manera conjunta con otras entidades públicas o privadas.

 

La Superintendencia de Sociedades recuerda que quien -con el fin de obtener un provecho para sí o para otro, o causar daño- sustituya o suplante a una persona o se atribuya nombre, incurrirá en un delito.

 

La Superintendencia de Sociedades reitera además que está prohibido el uso de su logo para promover actividades comerciales.

 

La Superintendencia de Sociedades invita a los ciudadanos a denunciar este tipo de situaciones en los teléfonos 2201000, 3245777 en la línea nacional 018000114319, en el correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y/o en la página web: www.supersociedades.gov.co.

SuperSociedades alerta sobre falsas páginas de cobros a nombre de la entidad
 
Ante una serie comunicaciones que están llegando a diferentes empresarios, en las que se sugiere hacer consignaciones a determinadas cuentas con el fin de acceder a la información financiera de las compañías del sector real, que reportan sus estados financieros a la Superintendencia de Sociedades, esta entidad advierte:
 
La Superintendencia de Sociedades no ha autorizado a ninguna persona natural o jurídica para que utilice su marca, nombre o logo para recaudar dineros por concepto de contribuciones, multas, sanciones, publicaciones o eventos comerciales y mucho menos por el acceso a bases de datos con información financiera de las compañías que reportan a esta entidad.
 
La Superintendencia de Sociedades reitera que los datos y la información publicada en el Portal de Información Empresarial - PIE de la entidad, se considera de acceso público y los terceros podrán acceder a ella, utilizarla y transformarla sin restricciones de ninguna naturaleza y sin tener que pagar por dicha información.
 
La Superintendencia de Sociedades no requiere del pago de algún valor por el acceso a la información publicada en el Portal de Información Empresarial - PIE, razón por la cual el recaudo de recursos del público con el propósito de apoyar supuestos procesos de autorización para el uso de los datos ya publicados de forma gratuita por esta entidad, puede tener motivaciones de defraudación a terceros.
 
La Superintendencia de Sociedades recomienda a toda la ciudadanía abstenerse de realizar negociaciones telefónicas con personas que utilizan el nombre de esta entidad para beneficio propio.
 
La Superintendencia de Sociedades recuerda que cuando realiza alguna actividad o efectúa cobros, convoca directamente mediante oficio o correo electrónico y además dicha información es publicada en la página web.
 
La entidad hará saber a la ciudadanía a través de su página web www.supersociedades.gov.co sobre las contribuciones y cobros y las actividades académicas en las cuales se trabaje de manera conjunta con otras entidades públicas o privadas.
 
La Superintendencia de Sociedades recuerda que quien -con el fin de obtener un provecho para sí o para otro, o causar daño- sustituya o suplante a una persona o se atribuya nombre, incurrirá en un delito.
 
La Superintendencia de Sociedades reitera además que está prohibido el uso de su logo para promover actividades comerciales.
 
La Superintendencia de Sociedades invita a los ciudadanos a denunciar este tipo de situaciones en los teléfonos 2201000, 3245777 en la línea nacional 018000114319, en el correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y/o en la página web: www.supersociedades.gov.co.

 

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El 64,3 por ciento de las sociedades de familia está en manos de la primera generación. Así lo revela la más grande encuesta de Gobierno Corporativo de América Latina dada a conocer por el superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar, durante el Congreso de Infraestructura.

 

En la encuesta realizada a cerca de 6000 empresas de todo el país la Superintendencia de Sociedades determinó que 48,4 por ciento (2775 sociedades) está en manos de grupos familiares.

 

De las 2.775 correspondientes a las sociedades de familia, el 31,3 por ciento está dirigido por la denominada segunda generación; el 3,5 por ciento por la tercera generación y el uno por ciento por la cuarta generación en adelante.

 

El informe presentado en la ciudad amurallada muestra además que 29,4 por ciento de las sociedades de familia cuentan con un protocolo y 53,3 por ciento considera que estos son de obligatorio cumplimiento.

 

En el reporte el 78 por ciento de las sociedades de familia aseguraron tener u consejo u órgano equivalente y que este tiene como función principal resolver conflictos familiares y preparar el plan de sucesión.

 

En dichas sociedades el consejo de familia u órgano equivalente también tiene la potestad de ayudar a determinar la política de distribución de utilidades y establecer la composición de los órganos de dirección.

 

Comités al interior de las juntas directivas
El reporte realizado por la Delegatura de Asuntos Económicos y Contables muestra que de las sociedades que reportan junta directiva, el 42,2 por ciento tiene un comité encargado de asuntos como auditoría, nombramientos y retribuciones, gobierno corporativo, ética, riesgo y estrategia.

El 59,7 por ciento de las empresas que cuenta con una junta directiva tiene participación de mujeres en el organismo colegiado. Así lo revela el más reciente informe de Gobierno Corporativo revelado por el superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar.

 

Durante el Foro Internacional de Gobierno Corporativo, Reyes Villamizar explicó que la encuesta realizada a más de 5732 empresas evidencia además que, en el 26,3 por ciento de las sociedades que tiene participación femenina en los organismos colegiados, más del 50 por ciento de los integrantes son mujeres.

 

En el 59,2 por ciento de este grupo de sociedades que tiene mujeres en juntas directivas, entre el 25 y el 50 por ciento de los integrantes pertenece al género femenino.

 

En el 14,5 por ciento restante, la participación de las mujeres en las juntas directivas es de menos del 25 por ciento, según la encuesta realizada por la Superintendencia de Sociedades.

 

El reporte muestra además que de las 5732 sociedades encuestadas, 54 por ciento (3098) son por acciones simplificadas (SAS), 32,8 por ciento (1882) anónimas y 8,8 por ciento (507) limitadas.

 

El informe entregado por la Superintendencia de Sociedades evidencia además que el 54,2 por ciento de las sociedades (3108) tiene entre dos y cinco socios accionistas; 22,9 por ciento (1312) entre seis y 10 integrantes; y 7,5 por ciento (430) cuenta con entre 11 y 100 socios.

 

El informe realizado por la Delegatura de Asuntos Económicos y Contables muestra además que en el 79,3 por ciento de las sociedades con junta directiva, los miembros de los organismos colegiados no son controlantes de la sociedad.

 

De igual forma se establece que en el 63,7 por ciento, los miembros de las juntas directivas son accionistas de dichas sociedades, mientras que en el 36,3 por ciento no lo son.

"El conflicto de interés entre accionistas y administradores ha sido identificado desde hace tiempo por la doctrina como uno de los principales problemas de gobierno corporativo", agregó reyes Villamizar durante la entrega del reporte.

 

Por número de integrantes, el estudio muestra que el 53,5 por ciento de las juntas cuenta con tres participantes, mientras que el 21,1 por ciento cuenta con cinco miembros y el 1,7 por ciento reporta más de siete participantes.

 

En cuanto a independencia, se logró establecer que el 91,7 por ciento de las sociedades no tiene miembros independientes en los organismos colegiados mientras que el 8,3 por ciento si cuenta con ellos.

 

Edad y reelección
Según los reportes recogidos por la Superintendencia de Sociedades, 45,7% de las compañías con juntas directivas reportan que la edad promedio de sus miembros es de 46 a 55 años; el 32,8 por ciento, tiene integrantes con edades promedio de entre 56 y 65 años; y en el 13,9 por ciento las edades promedio es de 35 a 45 años.

 

De otra parte en el 44,6 por ciento de las compañías con juntas directivas se reporta que los miembros de junta son reelegidos por más de cinco años; el 22,5 por ciento los reelige entre uno y tres años y 19,9 por ciento entre tres y cinco años.

 

Revisores fiscales
De las 5732 empresas encuestadas el 95,8 por ciento cuenta con revisor fiscal mientras que el 4,2 por ciento no lo tiene.

 

De las sociedades que tiene revisor fiscal, el 49,9% reporta que no lo ha rotado en los últimos 10 años y el 26,1 por ciento no lo ha hecho en los últimos cinco años.

 

De igual forma se evidencia que el 92,8 por ciento de las sociedades que tiene revisor fiscal, reporta que, en los últimos 5 años, no se ha presentado informes con salvedades o párrafos de énfasis.

La Superintendencia de Sociedades busca mecanismos de cooperación con diferentes países y con autoridades en Colombia para combatir la corrupción en la empresa privada y detectar maniobras ilícitas en el exterior.

 

El superintendente Francisco Reyes Villamizar reveló que Colombia adelanta gestiones con instituciones de otros países para lograr una mayor cooperación en la lucha contra el flagelo de la corrupción. Por otro lado, la entidad negocia nuevos mecanismos de intercambio de información con autoridades colombianas, incluyendo a la Unidad de Información y Análisis Financiero (Uiaf) y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).

 

"Hemos visto cómo algunas empresas participan muy activamente en circunstancias que pueden contribuir de manera muy significativa a la corrupción. No solamente corrupción entre el sector privado y el sector público, que es el típico soborno, sino también corrupción privada, es decir, aquella que ocurre entre particulares,", afirmó el Superintendente Reyes Villamizar.

 

Al intervenir en el foro sobre lucha contra la corrupción "Hacia la Integridad", promovido por la Organización de Naciones Unidas contra las Drogas y el Delito, el superintendente les recordó a los empresarios que es un mal negocio violar la Ley de Soborno Transnacional.

 

Vale recordar que la Ley Antisoborno le permite a la Superintendencia de Sociedades multar a las empresas colombianas que ofrezcan dádivas a funcionarios públicos extranjeros. Las sanciones pueden llegar hasta los 200.000 salarios mínimos legales, así como a la prohibición para contratar con el Estado hasta por 20 años.

 

¿Qué pueden hacer los empresarios?
Las recomendaciones a los empresarios incluyen, entre otras medidas, la puesta en marcha de sistemas de autocontrol de este tipo de conductas, tener esquemas sofisticados para que las operaciones sospechosas sean reportadas a los más altos niveles de la compañía y someter a intermediarios y clientes a procesos de debida diligencia para asegurarse de que no ponen a la compañía en un riesgo de corrupción.

La Superintendencia de Sociedades de Colombia y el Ministerio Público - Fiscalía de la Nación del Perú suscribieron un Memorándum de Entendimiento que implementa un mecanismo de asistencia mutua e intercambio de información para prevenir y combatir casos de soborno transnacional.

 

La suscripción de este instrumento da cumplimiento a uno de los compromisos adquiridos en el marco del Encuentro Presidencial y III Gabinete Binacional Perú - Colombia, que tuvo lugar en Arequipa el pasado 27 de enero. Se deriva de la firme postura que comparten ambos países respecto a la lucha contra la corrupción y la impunidad, y refleja el compromiso de afrontar conjuntamente los desafíos que atentan contra la institucionalidad y el desarrollo económico de ambas naciones.

 

Como en otras dimensiones de esta positiva relación bilateral, Colombia y Perú son también socios estratégicos en la lucha contra la corrupción. En coherencia con una prioridad de ambos gobiernos, se continuará profundizando sus esfuerzos de cooperación para prevenir y reprimir actos de corrupción transnacional y, por esta vía, promover la integridad, la transparencia y la cultura de la legalidad a favor del desarrollo productivo.

 

Así, el objetivo del instrumento es facilitar la investigación y sanción de cualquier persona jurídica con domicilio en Colombia o en Perú que haya participado en actos de corrupción. El Memorándum permite el intercambio formal de pruebas que podrán ser utilizadas en investigaciones administrativas o procesos penales en ambos países.

 

“Este acuerdo es una herramienta más para nuestra lucha en contra del soborno transnacional y aumenta nuestra capacidad de vigilar que las firmas colombianas tengan un comportamiento ético en el extranjero”, dijo el Superintendente de Sociedades, Francisco Reyes Villamizar.

 

Al respecto la Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República explicó que el acuerdo es un importante paso para prevenir la corrupción transnacional y que “la voluntad y los esfuerzos conjuntos de los países son fundamentales para elevar los estándares que cierren el paso a este flagelo”.

 

Por su parte, el Coordinador General de la Comisión de Alto Nivel Anticorrupción de Perú, Raphael Anaya, señaló que el impulso a estas iniciativas de colaboración internacional son necesarias, pues cada vez más los corruptos utilizan a las personas jurídicas para cometer sus acciones delictivas, por ello “los Estados deben utilizar todos los mecanismos que permitan reducir la impunidad de los actos de soborno transnacional”.

 

Cabe recordar que ambos países no han sido ajenos a este esfuerzo. Es así, que el 2 de febrero de 2016, el Presidente de la Republica de Colombia promulgó la Ley 1778, en respuesta a diversos acuerdos internacionales que tienen como propósito combatir la corrupción y el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales.

 

De acuerdo con la Ley 1778 de 2016, los responsables de soborno a servidores públicos en el extranjero podrán ser sancionados con cárcel hasta por 15 años, inhabilitación para contratar con el Estado hasta por 20 años y multas de hasta 50.000 salarios mínimos.

 

En el caso de las personas jurídicas que incurran en este delito, la Superintendencia de Sociedades podrá imponer multas hasta de 200.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes cuando estas, por medio de uno o varios de sus empleados o administradores, sobornen a un servidor público. Asimismo, la ley establece un régimen administrativo sancionatorio para las personas naturales y jurídicas que participen en la conducta de soborno transnacional, encargando la competencia a la Superintendencia de Sociedades si el responsable está en Colombia.

 

En el caso peruano, la Ley 30424 promulgada el 21 de abril de 2016 y su ampliatoria mediante Decreto Legislativo 1352 del 07 de enero del presente año, establecen la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas por cohecho activo transnacional y otras actividades ilícitas, señalando la necesidad que estas implementen programas o modelos de prevención en sus organizaciones que permita un análisis para la atenuación o exoneración de su responsabilidad en el hecho delictivo.

 

La Ley peruana también impone a la persona jurídica que incurra en responsabilidad administrativa un conjunto de medidas, entre las que figuran la multa, inhabilitación, cancelación de licencias, concesiones o derechos, clausura temporal o definitiva de sus locales o establecimientos e incluso la disolución.

 

En consecuencia, la firma del Memorándum de Entendimiento ratifica la firme decisión de Colombia y Perú de complementar su normativa en materia de lucha contra el soborno trasnacional, con herramientas efectivas de cooperación y asistencia internacional, que permitan a ambos países alcanzar los mejores estándares internacionales y afianzar alianzas en la lucha contra la corrupción.

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La Superintendencia de Sociedades anuncia el inicio del proyecto de desmaterialización de los títulos de depósito judicial bajo su custodia. Es decir, desaparecerán gradualmente los títulos en papel y solo se utilizarán los títulos electrónicos. 


Los trámites de conversión, fraccionamiento, endoso y pago de los títulos judiciales serán más ágiles y no será necesario el desplazamiento de usuarios hasta las instalaciones de la entidad. Por ejemplo, podrán hacer efectivo el pago sólo con presentar su documento de identificación o certificado de representación legal, en el Banco Agrario de Colombia.

La primera etapa del proyecto comenzará a partir del próximo 20 de septiembre de 2017 y se aplicará únicamente a los procesos de reorganización, validación de un acuerdo de reorganización extrajudicial y liquidación por adjudicación. La SuperSociedades informará oportunamente al público en general sobre el avance de implementación gradual para los demás procesos.

A partir de la puesta en marcha del proyecto no se expedirán nuevos títulos de depósito judicial en físico.

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